Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2022060039)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de atención a personas con deterioro cognitivo para el año 2022.
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022

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2. Modalidad B: El número medio de usuarios atendidos durante el periodo de ejecución del
proyecto deberá ser igual o superior al 60% de los relacionados en el anexo IV, sin que este
pueda ser inferior a 7 usuarios. De no cumplir esta obligación, se entenderá incumplido el
objeto de la subvención y se procederá al reintegro de la misma.
Noveno. Financiación.
1. L
 a financiación por parte de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de las subvenciones convocadas a través de la presente resolución, tendrán como límite la cantidad
de 1.640.496,00 €, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022, centro gestor 110060000, aplicación presupuestaria G/232A/489000,
programa 20120156 “Servicios sociales especializados a personas con deterioro cognitivo”.
La distribución entre modalidades del importe asignado en esta convocatoria queda de la
siguiente forma:


— Modalidad A: 240.000,00 €.



— Modalidad B: 1.325.496,00 €.



— Modalidad C: 45.000,00 €.



— Modalidad D: 30.000,00 €.

2. La tramitación de esta convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de que
exista crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el 2022.
3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 3.2 del Decreto 86/2017, de 13 de junio, esta cuantía podrá ser aumentada hasta un 20 %, o hasta
la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación,
incorporación de crédito o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de
resolver la concesión sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
Décimo. Gastos subvencionables.
Con independencia de lo establecido en el artículo 5 del Decreto 86/2017, de 13 de junio, no
serán subvencionables los gastos asociados a reparaciones de bienes inmuebles.
Respecto a la Modalidad B, en relación a los cuidadores o gerocultores contratados, solo serán
subvencionables los costes salariales dentro del ratio de una jornada completa por cada 7
usuarios más, en su caso, la jornada completa valorada conforme al resuelvo sexto de esta
resolución.