Universidad De Extremadura. Estudios Universitarios. (2022060023)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa de trabajo fin de Grado y Máster de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022

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Artículo 7. Oferta de trabajos y asignación de tutelas.
1. El Centro determinará el número mínimo de trabajos que obligatoriamente deberá ofertar
cada Departamento, proporcionalmente al porcentaje de docencia que cada área de conocimiento imparta en dicho título, para garantizar que la oferta de TFE cubra la demanda
del estudiantado con una diversidad temática acorde con los contenidos del título correspondiente.
2. A petición de los Centros, los Departamentos con docencia en la titulación, elaborarán
una oferta de TFE, aprobada a la mayor brevedad por el órgano competente según su reglamento de organización y funcionamiento, que remitirán al Centro, haciendo constar, al
menos:
a. Temática del trabajo.
b. Profesorado responsable, con indicación del área de conocimiento a la que pertenezcan.
3. S
 i fuera necesario, a la finalización del periodo de ampliación de matrícula de cada curso
académico, el Centro solicitará a los Departamentos una oferta complementaria.
4. En el procedimiento que cada Centro habilite para ello, cada estudiante podrá solicitar, justificadamente, a la Comisión competente del Centro, la realización de un TFE no recogido
en la oferta de los Departamentos. Esta solicitud deberá estar firmada por un miembro del
profesorado que, no teniendo cubierto el límite máximo de asignaciones a su cargo, ejerza
la función de dirección. La Comisión deberá argumentar la negación de dicha solicitud, si
es el caso.
5. El Centro hará pública, para cada titulación, la oferta de trabajos indicando, para cada uno
de ellos, al menos, la temática, el profesorado que ejerza la dirección y el Departamento
responsable, y establecerá el procedimiento de su asignación al estudiantado.
6. Realizada dicha asignación, el Centro elaborará y publicará un listado provisional. Cada
estudiante podrá formular reclamación motivada, de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto en dicho Centro. Una vez resueltas las reclamaciones, el Centro aprobará
y publicará la lista definitiva de asignaciones.
7. El Centro establecerá los mecanismos necesarios para asegurar que cada estudiante tenga
su asignación correspondiente. Cuando, por circunstancias sobrevenidas, el profesorado
responsable de la dirección del trabajo cause baja, el Departamento arbitrará las medidas
oportunas para su sustitución.
8. La asignación de TFE a cada estudiante tendrá una validez máxima de dos cursos académicos consecutivos, pasados los cuales, salvo acuerdo expreso entre las partes, puesto