Universidad De Extremadura. Estudios Universitarios. (2022060023)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa de trabajo fin de Grado y Máster de la Universidad de Extremadura.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022

2844

Centro establezca, dentro de los plazos que se habiliten para ello, según modelo y procedimiento establecidos por cada Centro.
2. Dichas solicitudes deberán ir acompañadas necesariamente de la autorización del profesorado responsable de la dirección del trabajo, de un informe de originalidad procedente
de un programa antiplagio proporcionado por dicho profesorado (sin perjuicio de posibles
actuaciones sobre este tema que posteriormente pudieran llevar a cabo las personas encargadas de su evaluación) y de una copia digital del TFE. Asimismo, se adjuntará cualquier
otro documento que así determine la propia Universidad o las normas específicas de cada
Centro.
3. E
 l calendario académico oficial fijará, para cada convocatoria, los periodos para la defensa
de los TFE. Además, los Centros harán públicos los calendarios completos de defensa, con
antelación suficiente respecto de la fecha señalada para la correspondiente convocatoria,
indicando para cada estudiante el tribunal, la modalidad, lugar, día y hora fijados para la
defensa de su trabajo garantizando, en todo caso, que cada estudiante pueda defender su
TFE en la misma convocatoria en la que aprueba la última asignatura. En el caso de defensa
virtual, también se acompañará información para facilitar su seguimiento en línea.
4. Antes del acto de defensa de los TFE, los Centros serán los responsables de hacer llegar
a quienes evalúen los trabajos el listado de estudiantes con autorización, así como copia
digital de los TFE y cualquier otra documentación que la normativa establezca.
CAPÍTULO VI. EVALUACIÓN Y CALIFICACIONES
Artículo 13. Tribunales de evaluación.
1. Los tribunales de evaluación estarán constituidos, exclusivamente, por profesorado de la
UEx, conforme a lo establecido en el artículo 2.7 de esta normativa.
2. La participación en los tribunales de TFE será obligatoria para todo el profesorado con docencia en la titulación correspondiente. Si fuera necesario, el profesorado perteneciente a
áreas de conocimiento involucradas en la docencia de un título oficial podrá participar en
los tribunales de TFE, independientemente de que tengan o no docencia asignada en dicho
título.
3. T
 odos los tribunales estarán formados por tres miembros titulares y, al menos, dos miembros suplentes. La presidencia recaerá en el miembro de mayor categoría docente y antigüedad y ejercerá la secretaría el miembro de menor categoría docente y antigüedad.
Se recomienda que en la constitución del tribunal se incorpore algún miembro del área de
conocimiento en la que se encuadra el TFE.