Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Investigación. Becas. (2022050009)
Orden de 23 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, por la Fundación Extremeña de la Cultura, de las becas de apoyo para investigadores universitarios, españoles y extranjeros, en los ámbitos de la arqueología, la paleontología, la geología y las ciencias ambientales, centrados específicamente en el estudio de materiales provenientes de las excavaciones arqueológicas y los contextos con ellos relacionados, en el ámbito del monumento natural "Cuevas de Fuentes de León".
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022

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Base novena. Comisión de Valoración.
1. Para la realización de la evaluación de las solicitudes presentadas en las distintas áreas
de conocimiento, se constituirá una Comisión de Valoración que estará compuesta por los
siguientes miembros:
a) Presidencia: La persona titular de la Dirección Gerencia de la Fundación Extremeña de
la Cultura o persona en quien delegue.
b) Vocales: El/la Director/a del Monumento Natural Cuevas de Fuentes de León, el AlcaldePresidente de la localidad de Fuentes de León o persona en quién delegue y el director
responsable del programa de investigación de la Dirección General con competencias en
materia de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura, de las actividades arqueológicas en el Monumento Natural “Cuevas de Fuentes de León” que será designado por
esta misma Dirección General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
c) Secretario: Un funcionario/a que se designe del Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos de la Dirección General con competencias en materia de Patrimonio Cultural de la
Junta de Extremadura.
2. L
 a composición definitiva de la comisión se publicará y se incluirá en la convocatoria correspondiente.
3. La Comisión podrá recabar información complementaria a los interesados que estime oportunos, así como de profesionales y expertos para el mejor desarrollo de las funciones que
tiene encomendadas.
4. Tras la fase de evaluación de las solicitudes presentadas, la Comisión de Valoración emitirá
informe en el que se concretará el resultado de la misma, y adjuntará una relación de los
solicitantes presentados, ordenados por puntuación, así como, los excluidos y el motivo de
exclusión.
Base décima. Propuesta y resolución de concesión.
1. A la vista del expediente y de acuerdo con el informe de la Comisión de Valoración, el instructor del procedimiento formulará la propuesta de resolución, debidamente motivada. A
estos efectos, el informe de la Comisión de Valoración tendrá carácter vinculante.
2. E
 l plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de las becas no
podrá exceder de tres meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria.
Transcurrido ese plazo sin haberse comunicado la resolución de concesión, se podrá entender desestimada la solicitud.