Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2021040180)
Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022

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Todo cambio de ubicación de las inversiones que conlleve la realización de una nueva visita
requerirá la justificación de la misma, así como el pago de la tasa contemplada en el párrafo
anterior.
La realización de la visita por técnico de la administración no presupondrá la resolución favorable del expediente.
Artículo 17. Ordenación e instrucción.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión corresponderá al Servicio de
Ayudas Estructurales de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria.
2. El órgano instructor preevaluará todas las solicitudes que hayan alcanzado la puntuación
mínima exigible a las mismas, pudiendo requerir a los solicitantes para que acrediten,
suficientemente, alguno de los requisitos exigidos en las presentes bases reguladoras.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 22.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá declararse
suspenso el plazo máximo para resolver, por el tiempo que medie entre la notificación del
requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario, o, en su defecto, por el del
plazo concedido.
3. E
 n esta fase se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la
condición de beneficiaria de la subvención.
Artículo 18. Comunicación con las personas solicitantes.
1. E
 n aras de lograr una mayor efectividad, cualquier tipo de notificación y comunicación,
que los órganos competentes de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población
y Territorio, dirijan a las interesadas en el procedimiento, se podrán efectuar mediante la
publicación de Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, que indicará el lugar y el medio
utilizado en el que se encuentra expuesta la relación de interesadas afectadas, así como el
acto de que se trate.
2. C
 omplementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo
anterior y únicamente con efectos informativos, la solicitante recibirá un aviso SMS al teléfono móvil que conste en la solicitud de la ayuda, mediante el cual se le indicará que se ha
producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado
a tal efecto https://laboreo.juntaex.es (aplicación informática “LABOREO”)”.
3. E
 xcepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.