Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2021063962)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2022.
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NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022

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deberán aportar junto con la solicitud, certificación administrativa, expedida por el
organismo correspondiente, acreditativa de estar al corriente.
9. L
 a solicitud y el resto de la documentación complementaria que lo precise serán firmados
por la persona que estatutariamente ostente la representación legal de la entidad e irán
dirigidos al órgano competente para resolver la concesión de ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo de la AEXCID. En el supuesto de agrupaciones de
entidades, la solicitud será firmada por la representación legal de la agrupación y se acompañará de la documentación prevista en el artículo 4.2 del decreto de bases reguladoras.
La solicitud, así como los formularios vinculados al procedimiento estarán disponibles para
su descarga en el siguiente enlace: http://www.juntaex.es/aexcid/ y deberán presentarse en papel acompañados de su respectiva copia en formato digital en los formatos que
corresponda a cada tipo de archivo (pdf.doc o similar y hoja de cálculo para los cuadros
presupuestarios).
10. L
 as solicitudes y demás documentación complementaria podrán presentarse en la Oficina
de Asistencia Virtual o en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en cualquiera de los registros y oficinas
a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se
implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del
mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas..
11. L
 as solicitudes que se remitan a través de las oficinas de Correos se presentarán en sobre
abierto a fin de que en ellas se haga constar por el responsable de la oficina la fecha en
que tiene lugar la presentación y remisión por correo certificado.
12. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud de
iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días
hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que,
si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá
ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la ley citada.
Quinto. Ordenación e instrucción del procedimiento.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de
las subvenciones convocadas será la Gerencia de la AEXCID que realizará de oficio cuantas
actuaciones sean necesarias para impulsar y ordenar el procedimiento y elaborar la propuesta de resolución.