Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2021063962)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2022.
70 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022

2290

2. Para la evaluación de las solicitudes, se constituirá una Comisión de Valoración y Evaluación
integrada por:
a) Presidencia: la persona titular de la Gerencia de la AEXCID.
b) Vocalías: una Jefatura de Sección de Cooperación Internacional para el Desarrollo y una
Jefatura de Sección de Gestión de Cooperación adscritas a la AEXCID o personal funcionario del grupo A1 o A2 adscritos a la AEXCID que les sustituyan, uno/a de los cuales
actuará como Secretario.
3. La función de esta Comisión consistirá en el estudio técnico de los documentos contenidos
en los proyectos que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución y la valoración
de los mismos con arreglo a los criterios objetivos descritos en el artículo 30 del Decreto
5/2019, de 5 de febrero, elaborando un informe vinculante en el que se concrete el resultado de la valoración y evaluación efectuada.
4. El régimen de constitución y funcionamiento de esta Comisión se adecuará a lo dispuesto en la Sección II del Capítulo III del Título V de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como a
lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
sobre los órganos colegiados.
5. Esta Comisión podrá contar durante el proceso de selección con la asistencia de asesoría
técnica o personas expertas con conocimientos y experiencia profesional acreditada en el
campo de la cooperación internacional para el desarrollo o en otros asuntos para los que
se precise asesoramiento o apoyo técnico especializado. Cualquier participante en dicha
Comisión deberá abstenerse en los casos en que mantenga algún tipo de vínculo con la
entidad solicitante o designada para la ejecución de una actividad concreta.
6. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración y
Evaluación formulará propuesta de resolución provisional que se elevará al órgano competente para resolver la concesión de ayudas en materia de cooperación internacional para
el desarrollo.
7. Cuando el importe de la subvención contenido en la propuesta de resolución provisional sea
inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar a la entidad beneficiaria la
reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención
otorgable. Una vez que la reformulación de la solicitud merezca la conformidad de la Comisión de Valoración, se remitirá con todo lo actuado al órgano competente para que dicte
la resolución. En todo caso, la solicitud reformulada deberá contener una subvención por
parte de la AEXCID que no supere el importe contenido en la propuesta de resolución pro-