Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2021040181)
Decreto 144/2021, de 21 de diciembre, por el que se regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo" destinado a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte de una persona trabajadora autónoma, así como el asesoramiento y acompañamiento a ésta, para su crecimiento empresarial, se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a su financiación y se aprueba la primera convocatoria del Programa I.
60 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022

2177

21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Igualmente, se trasladará información
sobre las subvenciones concedidas a la Base de Datos de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
4. Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención que no supongan incumplimiento conforme a lo previsto en el artículo 12 del presente
decreto, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión y, en su caso, al
reintegro de la misma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 del decreto.
5. E
 l plazo máximo para resolver y notificar la resolución, será de seis meses para el Programa
I y se contará desde la presentación de la solicitud. La falta de notificación de resolución
expresa de la concesión dentro del plazo máximo para resolver, legitima a las personas
interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo. Este plazo
máximo para resolver y notificar, quedará suspendido cuando concurran cualquiera de las
causas reguladas en el artículo 22 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Doce. Importe de la subvención.
Las personas y entidades solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en este decreto
para acceder a las ayudas del Programa I, podrán tener derecho, en atención a las condiciones del programa y/o las características de las personas beneficiarias o causantes de las
ayudas, a la siguiente subvención:
Programa I. Subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas para la contratación
por cuenta ajena de personas desempleadas. Se establecen las siguientes cuantías:
a) 23.000,00 euros para las contrataciones que se encuadren en el grupo de cotización 1
de la Seguridad Social.
b) 19.000,00 euros para las contrataciones que se encuadren en el grupo de cotización 2
de la Seguridad Social.
c) 16.000,00 euros para las contrataciones que se encuadren en los restantes grupos de
cotización de la Seguridad Social.
Los importes anteriores serán incrementados en 1.000,00 euros, cuando la persona contratada tenga 30 o menos años o sea una persona parada de larga duración, a la fecha de
contratación.