Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064066)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad y el Excmo. Ayuntamiento de Pinofranqueado por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2021 a favor del Ayuntamiento de Pinofranqueado para la financiación del proyecto "Convenio colector aguas residuales".
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022
1981
Quinto. La Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, (DOE núm. 24, de 5 de febrero), contempla una subvención nominativa a favor del Ayuntamiento de Pinofranqueado, para el desarrollo del Proyecto “Convenio Colector Aguas Residuales” con cargo a la aplicación presupuestaria 18.004.354D.76000,
Proyecto 20190294, con un importe de 195.737,00€.
Sexto. El presente convenio se ajusta a lo establecido en los artículos 22.4 a) y 30 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El artículo 22.4.a) de la citada Ley, dicta que podrán concederse de forma directa, sin convocatoria
previa, las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en los términos recogidos en los convenios o actos de concesión
y en la normativa reguladora de estas subvenciones. Asimismo, cumple lo establecido en el
artículo 65 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
(aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio) que dispone que se consideran
subvenciones nominativas aquellas cuyo objeto, dotación presupuestaria y beneficiario aparecen determinados expresamente en el estado de gastos del presupuesto.
Séptimo. El artículo 30 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, establece que, en las subvenciones
previstas nominativamente en el estado de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento de concesión de estas subvenciones se
iniciará de oficio por el órgano gestor del crédito al que se imputa la subvención, o a instancias
del interesado, y terminará mediante resolución que habrá de ser aceptada por el interesado
o formalización del correspondiente convenio con el beneficiario, en el que se establecerán las
condiciones y compromisos aplicables.
Octavo. Con fecha de 16 de noviembre de 2021 se notifica a la Consejería para la Transición
Ecológica y la Sostenibilidad la solicitud de ayuda presentada por el Ayto. de Pinofranqueado,
aprobada por el Pleno del Ayuntamiento, para la financiación de las actuaciones previstas en
el proyecto “Convenio Colector Aguas Residuales” por un importe de 139.998,33 euros
Los intervinientes actuando en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan,
se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad necesaria para obligarse en los términos
del presente Convenio y a tal efecto.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene como objeto instrumentalizar la concesión de la subvención directa prevista nominativamente en el Anexo de Proyectos de gasto de la Ley 1/2021, de 3 de
febrero, de presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021,
Miércoles, 12 de enero de 2022
1981
Quinto. La Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, (DOE núm. 24, de 5 de febrero), contempla una subvención nominativa a favor del Ayuntamiento de Pinofranqueado, para el desarrollo del Proyecto “Convenio Colector Aguas Residuales” con cargo a la aplicación presupuestaria 18.004.354D.76000,
Proyecto 20190294, con un importe de 195.737,00€.
Sexto. El presente convenio se ajusta a lo establecido en los artículos 22.4 a) y 30 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El artículo 22.4.a) de la citada Ley, dicta que podrán concederse de forma directa, sin convocatoria
previa, las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en los términos recogidos en los convenios o actos de concesión
y en la normativa reguladora de estas subvenciones. Asimismo, cumple lo establecido en el
artículo 65 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
(aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio) que dispone que se consideran
subvenciones nominativas aquellas cuyo objeto, dotación presupuestaria y beneficiario aparecen determinados expresamente en el estado de gastos del presupuesto.
Séptimo. El artículo 30 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, establece que, en las subvenciones
previstas nominativamente en el estado de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento de concesión de estas subvenciones se
iniciará de oficio por el órgano gestor del crédito al que se imputa la subvención, o a instancias
del interesado, y terminará mediante resolución que habrá de ser aceptada por el interesado
o formalización del correspondiente convenio con el beneficiario, en el que se establecerán las
condiciones y compromisos aplicables.
Octavo. Con fecha de 16 de noviembre de 2021 se notifica a la Consejería para la Transición
Ecológica y la Sostenibilidad la solicitud de ayuda presentada por el Ayto. de Pinofranqueado,
aprobada por el Pleno del Ayuntamiento, para la financiación de las actuaciones previstas en
el proyecto “Convenio Colector Aguas Residuales” por un importe de 139.998,33 euros
Los intervinientes actuando en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan,
se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad necesaria para obligarse en los términos
del presente Convenio y a tal efecto.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene como objeto instrumentalizar la concesión de la subvención directa prevista nominativamente en el Anexo de Proyectos de gasto de la Ley 1/2021, de 3 de
febrero, de presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021,