Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022080003)
Anuncio de 22 de diciembre de 2021 por el que se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Jerez de los Caballeros, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA10/3523.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022
2082
• Solicitar y obtener la concesión de aguas públicas para abastecimiento poblacional
desde el embalse de Valuengo, que ampare tanto el consumo actual del municipio,
como el que resulte del desarrollo de los nuevos sectores planificados.
• Solicitar y obtener la concesión de aguas públicas para abastecimiento de las pedanías de La Bazana, Brovales y Valuengo.
• Solicitar y obtener la revisión de la autorización de vertido que ampare, tanto el vertido actual del municipio, como el que resulte del desarrollo de los nuevos sectores
planificados en el núcleo de Jerez de los Caballeros.
• Disponer a la mayor brevedad posible de las oportunas instalaciones de depuración
para la protección de la calidad de las aguas en las pedanías de La Bazana, Brovales
y Valuengo, así como solicitar y obtener la correspondiente autorización de vertido.
• Dar cumplimiento a las limitaciones a los usos en los sectores y zonas afectados por
la ZFP y zona inundable, indicadas en el informe correspondiente de la Confederación
Hidrográfica del Guadiana.
— En la documentación de la aprobación definitiva del Plan General Municipal de Jerez
de los Caballeros deberán subsanarse las deficiencias encontradas en el informe de
sostenibilidad ambiental, así como en el resto de documentación del Plan que han sido
puestas de manifiesto en la presente Memoria Ambiental.
— Cualquier actividad que se pretenda instalar en Suelo Rústico Protegido deberá contar
con las autorizaciones o informes pertinentes, especialmente las de carácter ambiental,
que permitan establecer los sistemas de prevención de impactos.
— Los distintos proyectos que se pretendan realizar en el término municipal como es el
caso de urbanizaciones, instalaciones de energías renovables, actividades industriales,
etc., en las categorías de suelos donde finalmente se permitan estos usos, deberán
estar a lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así
como la recientemente aprobada Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Cualquier industria que se pretenda
instalar en este suelo deberán contar con las autorizaciones pertinentes, especialmente
las de carácter ambiental, que permitan establecer los sistemas de prevención de
impactos por emisiones, inmisiones o vertidos de sustancias o mezclas potencialmente
contaminantes.
— Se llevará a cabo un programa de seguimiento ambiental siguiendo lo establecido en el
epígrafe 8 de la presente memoria ambiental.
Miércoles, 12 de enero de 2022
2082
• Solicitar y obtener la concesión de aguas públicas para abastecimiento poblacional
desde el embalse de Valuengo, que ampare tanto el consumo actual del municipio,
como el que resulte del desarrollo de los nuevos sectores planificados.
• Solicitar y obtener la concesión de aguas públicas para abastecimiento de las pedanías de La Bazana, Brovales y Valuengo.
• Solicitar y obtener la revisión de la autorización de vertido que ampare, tanto el vertido actual del municipio, como el que resulte del desarrollo de los nuevos sectores
planificados en el núcleo de Jerez de los Caballeros.
• Disponer a la mayor brevedad posible de las oportunas instalaciones de depuración
para la protección de la calidad de las aguas en las pedanías de La Bazana, Brovales
y Valuengo, así como solicitar y obtener la correspondiente autorización de vertido.
• Dar cumplimiento a las limitaciones a los usos en los sectores y zonas afectados por
la ZFP y zona inundable, indicadas en el informe correspondiente de la Confederación
Hidrográfica del Guadiana.
— En la documentación de la aprobación definitiva del Plan General Municipal de Jerez
de los Caballeros deberán subsanarse las deficiencias encontradas en el informe de
sostenibilidad ambiental, así como en el resto de documentación del Plan que han sido
puestas de manifiesto en la presente Memoria Ambiental.
— Cualquier actividad que se pretenda instalar en Suelo Rústico Protegido deberá contar
con las autorizaciones o informes pertinentes, especialmente las de carácter ambiental,
que permitan establecer los sistemas de prevención de impactos.
— Los distintos proyectos que se pretendan realizar en el término municipal como es el
caso de urbanizaciones, instalaciones de energías renovables, actividades industriales,
etc., en las categorías de suelos donde finalmente se permitan estos usos, deberán
estar a lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así
como la recientemente aprobada Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Cualquier industria que se pretenda
instalar en este suelo deberán contar con las autorizaciones pertinentes, especialmente
las de carácter ambiental, que permitan establecer los sistemas de prevención de
impactos por emisiones, inmisiones o vertidos de sustancias o mezclas potencialmente
contaminantes.
— Se llevará a cabo un programa de seguimiento ambiental siguiendo lo establecido en el
epígrafe 8 de la presente memoria ambiental.