Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022080003)
Anuncio de 22 de diciembre de 2021 por el que se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Jerez de los Caballeros, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA10/3523.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022
2076
En cuanto al riesgo de inundación, la Confederación Hidrográfica del Guadiana, tras revisar el Mapa de Riesgos solicitado por esta Dirección General de Sostenibilidad y como
ya se ha indicado en el apartado 6.3 realiza las siguientes observaciones: por el interior
del sector S26 contemplado en el núcleo de población de Jerez de los Caballeros discurre el arroyo Albaraos y por el interior de la zona de expansión de suelo urbanizable
en el Complejo Siderúrgico discurren el arroyo de la Granja y un tributario del mismo.
Asimismo, por el límite sur del suelo urbano de las pedanías de Valuengo y la Bazana
discurren el río Ardila y el arroyo del Carbajo, respectivamente. Todos ellos constituyen
el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20
de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA). Del estudio de inundabilidad del arroyo Albaraos a su paso por el Sector Urbanizable S26 del
núcleo urbano de Jerez de los Caballeros, se deduce que la capacidad de desagüe de la
obra de drenaje transversal (ODT) situada en la N-435 PK-69+200 resultaría insuficiente para evacuar el caudal de la avenida correspondiente al periodo de retorno de 100
años, provocando la inundación de gran parte del citado sector.
Con respecto al estudio de inundabilidad del arroyo de la Granja y un tributario del
mismo a su paso por la zona de expansión de suelo urbanizable en el Complejo Siderúrgico, se concluye que hay una obra de fábrica que resulta insuficiente para absorber
la avenida que se presenta para el periodo de retorno de los 100 y 500 años (obra de
fábrica n.º 1, bajo traza de la carretera EX112, para el cauce del arroyo de la Granja).
En cuanto al estudio de inundabilidad del arroyo del Carbajo, se comprueba que tanto
la avenida extraordinaria para 500 años de periodo de retorno, como la ZFP determinadas, afectarían a una zona clasificada en el PGM como suelo urbano con uso residencial
al sureste de la pedanía de La Bazana.
En cuanto al riesgo de incendios forestales en el informe del Servicio de Prevención y
Extinción de Incendios se indica que Jerez de los Caballeros es un municipio con especial incidencia de incendios forestales.
7. D
eterminaciones finales a incorporar en el plan
El artículo 12 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, así como el artículo 14 de la Ley 5/2010, de
23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
indican que la memoria ambiental contendrá las determinaciones finales que deban incorporarse a la propuesta del plan, será preceptiva y se tendrá en cuenta en el plan antes de su
aprobación definitiva.
Miércoles, 12 de enero de 2022
2076
En cuanto al riesgo de inundación, la Confederación Hidrográfica del Guadiana, tras revisar el Mapa de Riesgos solicitado por esta Dirección General de Sostenibilidad y como
ya se ha indicado en el apartado 6.3 realiza las siguientes observaciones: por el interior
del sector S26 contemplado en el núcleo de población de Jerez de los Caballeros discurre el arroyo Albaraos y por el interior de la zona de expansión de suelo urbanizable
en el Complejo Siderúrgico discurren el arroyo de la Granja y un tributario del mismo.
Asimismo, por el límite sur del suelo urbano de las pedanías de Valuengo y la Bazana
discurren el río Ardila y el arroyo del Carbajo, respectivamente. Todos ellos constituyen
el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20
de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA). Del estudio de inundabilidad del arroyo Albaraos a su paso por el Sector Urbanizable S26 del
núcleo urbano de Jerez de los Caballeros, se deduce que la capacidad de desagüe de la
obra de drenaje transversal (ODT) situada en la N-435 PK-69+200 resultaría insuficiente para evacuar el caudal de la avenida correspondiente al periodo de retorno de 100
años, provocando la inundación de gran parte del citado sector.
Con respecto al estudio de inundabilidad del arroyo de la Granja y un tributario del
mismo a su paso por la zona de expansión de suelo urbanizable en el Complejo Siderúrgico, se concluye que hay una obra de fábrica que resulta insuficiente para absorber
la avenida que se presenta para el periodo de retorno de los 100 y 500 años (obra de
fábrica n.º 1, bajo traza de la carretera EX112, para el cauce del arroyo de la Granja).
En cuanto al estudio de inundabilidad del arroyo del Carbajo, se comprueba que tanto
la avenida extraordinaria para 500 años de periodo de retorno, como la ZFP determinadas, afectarían a una zona clasificada en el PGM como suelo urbano con uso residencial
al sureste de la pedanía de La Bazana.
En cuanto al riesgo de incendios forestales en el informe del Servicio de Prevención y
Extinción de Incendios se indica que Jerez de los Caballeros es un municipio con especial incidencia de incendios forestales.
7. D
eterminaciones finales a incorporar en el plan
El artículo 12 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, así como el artículo 14 de la Ley 5/2010, de
23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
indican que la memoria ambiental contendrá las determinaciones finales que deban incorporarse a la propuesta del plan, será preceptiva y se tendrá en cuenta en el plan antes de su
aprobación definitiva.