Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022080003)
Anuncio de 22 de diciembre de 2021 por el que se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Jerez de los Caballeros, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA10/3523.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022



5. I glesia y Torre de San Bartolomé.



6. C
 onvento de Aguas Santas.



7. P
 arroquia y Torre de San Miguel.



2061

• Este inventario deberá ser actualizado siempre que se disponga de nueva información
sobre la localización de las colonias de nidificación de cernícalo primilla, para lo que
la DGMA facilitará información actualizada en base a los censos periódicos que lleva a
cabo.



• Se recomienda que dicho Inventario de Edificios de Interés para la Conservación del
Cernícalo primilla sea incluido en el Documento n.º 4 “Catálogo de Bienes Protegidos
del Plan General Municipal”.

Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Medio Ambiente: informa
que en la documentación recibida se desvela la calificación de una parte de la Dehesa Boyal
La Zafrilla como suelo urbanizable (plano IK OE 1.6 y 2.6 y plano IK OE 1.4 y 2.4).
La Dehesa Boyal La Zafrilla es un monte comunal y por tanto, está incluido en el dominio público forestal según el artículo 12 de la vigente Ley de Montes (Ley 43/2003)
El monte tiene una superficie de unas 605 has, suponiendo el cambio de clasificación del suelo
de unas 31 has en su mayoría pastizal.
Según el artículo 39 de la citada Ley de Montes, los montes pertenecientes al dominio público
forestal tendrán la consideración de suelo en situación rural a los efectos de lo dispuesto por
la legislación estatal de suelo, y deberán quedar preservados por la ordenación territorial y
urbanística de su transformación mediante la urbanización.
Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas de la Dirección General de Medio Ambiente: indica que las obras y actuaciones incluidas en los planes generales de ordenación urbana que
pueden tener impactos negativos sobre el medio fluvial son los encauzamientos, las barreras
por viales que cruzan los mismos (puentes, badenes, vados, conducciones), infraestructuras
en el propio cauce (piscinas naturales, charcas, tomas de agua (abastecimiento, riegos) y los
vertidos de aguas residuales e industriales, aportando en dicho informe el condicionado general que deben cumplir este tipo de actuaciones para que no creen efectos negativos sobre
el medio fluvial y que deben incluirse en la normativa urbanística y deben ser de obligado
cumplimiento.
Servicio de Prevención y Extinción de Incendios: se indica que el término municipal de Jerez
de los Caballeros se encuentra fuera de la Zona de Alto Riesgo de incendios forestales.