Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022080003)
Anuncio de 22 de diciembre de 2021 por el que se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Jerez de los Caballeros, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA10/3523.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022

2059

modificando la nomenclatura de estos lugares de la Red Natura 2000, sustituyendo el término LIC por ZEC.
3. L
 as condiciones de intervención definidas para el Suelo No Urbanizable de Especial Protección de Interés Natural han de recoger explícitamente que las actividades y usos deberán
cumplir la normativa vigente en materia ambiental, debiendo quedar claro al menos que:
— Todas las actividades permitidas deberán ser compatibles con la conservación de los
valores naturales existentes (espacios, hábitats y especies protegidas), no suponiendo
ninguna alteración, degradación o deterioro de los mismos.
— Los usos y actuaciones deberán ser compatibles igualmente con los planes de recuperación y conservación de los hábitats y/o de las especies presentes.
— Cualquier plan, programa, proyecto, obra y actividad que genere impactos en el medio
ambiente y se contemple en alguno de los diferentes anexos de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, quedará
sometido al procedimiento que ésta defina, debiendo contar con el preceptivo Informe de
Impacto ambiental, Declaración de Impacto Ambiental o autorización correspondiente.
— De forma genera, precisarán de Informe de no afección a los valores ambientales presentes en el ámbito de actuación del Plan e Incluidos en las Directivas 92/43/CEE y
Directiva 2009/147/CE todas aquellas actividades, actuaciones y proyecto situados en
zonas incluidas en la Red Natura 2000 (o que estando fuera puedan provocar afección
sobre éstas o sobre los valores por las que fueran declaradas.
4. Se considera importante que quede claro en el Plan General Municipal que para cualquier
actividad que se proponga en las zonas ambientalmente destacadas en el presente informe, así como en los hábitats catalogados e inventariados, deben contar con un informe
de afección favorable por parte de este Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, al igual que las actividades dentro de la Red Natura 2000. Las actuaciones en
RENPEX (Corredor Ecológico y de Biodiversidad Río Alcarrache) deberán contar con Autorización del Director General de Medio Ambiente.
5. M
 edidas específicas de aplicación a tener en cuenta en relación a la ZEPA “Colonias de Cernícalo Primilla de Jerez de los Caballeros”: Es necesario que en el documento n.º 3 sobre
normativa urbanística de Jerez de los Caballeros se recojan las medidas establecidas en el
Plan de Gestión de dicho espacio:
— En las obras de restauración de edificios incluidos en la ZEPA se evitará tapar los huecos
que usa el Cernícalo primilla para criar y se adecuarán de forma que se evite que sean