Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022080003)
Anuncio de 22 de diciembre de 2021 por el que se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Jerez de los Caballeros, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA10/3523.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022



2045

7) De acuerdo con lo establecido en la legislación urbanística vigente no se establecen en este Plan General reservas concretas de terrenos de posible adquisición
para constitución del Patrimonio Municipal del Suelo, pudiendo establecerse posteriormente en la forma prevista en la legislación urbanística vigente.



La consecuencia de los objetivos anteriormente propuestos debe ir ligada a la adopción de determinados criterios, que posibiliten una ordenación eficaz y racional del
término municipal, siendo de particular interés lo referente a Usos del Suelo y a Equipamientos.




En cuanto a los usos del suelo:
1. En el Suelo Urbano, dada la escasa mezcla de usos existentes en el núcleo urbano
de Jerez de los Caballeros, parece aconsejable mantener dicha situación, mediante la correspondiente zonificación.



2. M
 antener los usos claramente definidos en los núcleos urbanos, distinguiendo
varias Áreas Residenciales, dos Áreas de Uso Productivo, una Terciaria y otra Dotacional que permitan la compatibilidad de usos.



3. La tipología dominante en Áreas Residenciales es la vivienda unifamiliar en línea o
en hilera en dos plantas. Esta tipología se debe mantener por entender que es la
que corresponde al patrimonio social, cultural e histórico y a los gustos y deseos
de la población. No existen razones distintas de las puramente especulativas para
forzar a la población a un cambio en sus costumbres habituales y para destruir el
legado histórico recibido y que tenemos obligación de transmitir.



4. E
 n el Suelo Rústico se mantendrán los usos actuales potenciándose el uso primordial, agrícola, ganadero y forestal.



Se evitará el uso residencial o industrial en este suelo, mediante el establecimiento de los mecanismos legales necesarios.



En cuanto a la clasificación del suelo:



En el núcleo urbano de Jerez de los Caballeros se debe modificar la línea límite de
Suelo Urbano vigente, incluyendo en ella los Suelos Urbanos definidos de acuerdo con
la LESOTEX, Ley del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.



En el Suelo urbano del núcleo se incluyen, como ya lo estaban anteriormente, algunos
vacíos urbanos, sin ocupar, y para cada uno de ellos se define la figura de planeamiento de desarrollo más adecuada a las características de estos vacíos, que constituyen
el Suelo urbano No Consolidado por la urbanización.