Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022080003)
Anuncio de 22 de diciembre de 2021 por el que se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Jerez de los Caballeros, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA10/3523.
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022



2046

Como Suelo Urbanizable, se prevé la clasificación del suelo que aparece definido en los
correspondientes Planos de Ordenación, habiéndose definido los diferentes sectores
para su desarrollo a través de los Planes Parciales, que se señalan en los Planos de
Ordenación Estructural OE-3.



El resto del suelo del término municipal se clasifica como Suelo Rústico, estableciéndose Áreas de Especial Protección (Suelo Rústico Protegido) y Áreas sin especial protección (Suelo Rústico Común).



Suelo Urbano:



En el término municipal se clasifican como Suelo Urbano las siguientes áreas:



• Suelo que se delimita del núcleo urbano principal de Jerez de los Caballeros.



• Suelo que se delimita del núcleo urbano de La Bazana.



• Suelo que se delimita del núcleo urbano de Brovales.



• Suelo que se delimita del núcleo urbano de Valuengo.



• Suelo que se delimita del núcleo Complejo Siderúrgico.



Con respecto al Suelo No Urbanizable y con objeto de evitar un uso de este suelo,
distinto del que su propio carácter le infiere, y, sobre todo, protegerlo de la posible
acción urbanizadora, en forma de parcelaciones agrícolas que, en realidad, encubren
urbanizaciones de segunda residencia, degradando el soporte territorial del municipio,
deben respetarse los tamaños de las unidades mínimas de cultivo que establece el
Decreto 46/1997, de 22 de abril, para el que se establece la extensión de las unidades
mínimas de cultivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



El informe de sostenibilidad ambiental se ha articulado de la siguiente manera:



1. I ntroducción y Antecedentes



2. A
 nálisis contenido y objetivos del Plan General Municipal



3. R
 elación del Plan con otros planes que tengan conexión



4. Descripción de los aspectos relevantes de la situación actual del medio ambiente
y su probable evolución en caso de no aplicarse el Plan General Municipal



5. Características ambientales de las zonas que pueden verse afectadas de manera
significativa