Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Juventud. Ayudas. (2021064100)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de Proyectos de Interés General a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 5
Lunes, 10 de enero de 2022
1622
2º. Anexo VII. Línea de Ayudas a Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud.
f) Ámbito de actuación e implantación territorial del proyecto, experiencia demostrable e
innovación (Anexo IV).
g) Certificados, en su caso, emitidos por la entidad correspondiente, de los proyectos realizados, a los efectos de la acreditación de la experiencia de la entidad solicitante en la
realización de proyectos iguales o similares indicados en el Anexo IV.
h) E
n el caso de que el proyecto contemple la utilización de las instalaciones juveniles
adscritas al Instituto de la Juventud de Extremadura para la realización de actividades
subvencionables, se deberá presentar el Anexo V.
2. El Instituto de la Juventud de Extremadura en tanto órgano gestor de este procedimiento,
que incluye una actividad de tratamiento de datos personales, tiene atribuida la potestad
de verificación de los datos personales del solicitante manifestados en esta solicitud en
virtud de la Disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales
3. El plazo de presentación será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente convocatoria y de los extractos
de las líneas contenidas en la misma previstos en el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. Las solicitudes, acompañadas en original o copia de la documentación correspondiente,
irán dirigidas a la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, y se podrán
presentar en la sede del Instituto de la Juventud (Paseo de Roma, s/n. Módulo E. 06800
Mérida), o bien, y de conformidad con el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones
administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
a) En las oficinas que realicen las funciones de registro de:
1º. Cualquier órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes,
incluidas las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, considerándose todas éstas como
oficinas de registro de cada Departamento de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura u organismo público vinculado o dependiente.
2º. Los órganos de la Administración General del Estado.
Lunes, 10 de enero de 2022
1622
2º. Anexo VII. Línea de Ayudas a Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud.
f) Ámbito de actuación e implantación territorial del proyecto, experiencia demostrable e
innovación (Anexo IV).
g) Certificados, en su caso, emitidos por la entidad correspondiente, de los proyectos realizados, a los efectos de la acreditación de la experiencia de la entidad solicitante en la
realización de proyectos iguales o similares indicados en el Anexo IV.
h) E
n el caso de que el proyecto contemple la utilización de las instalaciones juveniles
adscritas al Instituto de la Juventud de Extremadura para la realización de actividades
subvencionables, se deberá presentar el Anexo V.
2. El Instituto de la Juventud de Extremadura en tanto órgano gestor de este procedimiento,
que incluye una actividad de tratamiento de datos personales, tiene atribuida la potestad
de verificación de los datos personales del solicitante manifestados en esta solicitud en
virtud de la Disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales
3. El plazo de presentación será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente convocatoria y de los extractos
de las líneas contenidas en la misma previstos en el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. Las solicitudes, acompañadas en original o copia de la documentación correspondiente,
irán dirigidas a la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, y se podrán
presentar en la sede del Instituto de la Juventud (Paseo de Roma, s/n. Módulo E. 06800
Mérida), o bien, y de conformidad con el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones
administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
a) En las oficinas que realicen las funciones de registro de:
1º. Cualquier órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes,
incluidas las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, considerándose todas éstas como
oficinas de registro de cada Departamento de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura u organismo público vinculado o dependiente.
2º. Los órganos de la Administración General del Estado.