Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Juventud. Ayudas. (2021064100)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de Proyectos de Interés General a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 5
Lunes, 10 de enero de 2022
1621
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Octavo. De las solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado que se recoge en el Anexo I de
la presente convocatoria, y que podrá descargarse, junto con el resto de Anexos, del Portal
del Instituto de la Juventud de Extremadura, http://juventudextremadura.juntaex.es.
Dichas solicitudes se acompañarán, en original o copia de la siguiente documentación, sin
perjuicio de la documentación adicional que se especifica para cada línea de ayudas:
a) DNI, en vigor, del representante legal de la asociación o entidad solicitante, dato que
será comprobado de oficio por el órgano gestor de las ayudas, salvo que conste expresamente la oposición de la persona interesada a dicha comprobación en cuyo caso esta
vendrá obligada a presentar el documento mencionado.
b) Documento que acredite la representación de la persona solicitante por parte de la asociación o entidad solicitante, conforme al Anexo II.
c) Justificación de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria y de reunir los requisitos establecidos en la normativa
vigente para obtener la subvención solicitada, mediante declaración responsable, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 12.2 y 3 de de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al Anexo III.
d) El órgano gestor recabará de oficio los certificados a emitir por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, por la Consejería competente en materia de Hacienda, y por
la Tesorería General de la Seguridad Social. A los efectos de esta comprobación en la
solicitud se habilita un apartado para que el interesado consigne su consentimiento
expreso respecto del certificado de encontrarse al corriente con la Agencia Estatal de
Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1.k) de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Así mismo, en la mencionada solicitud, se informa al interesado respecto al ejercicio del derecho de oposición, reconocido
en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas en su redacción dada por la disposición final
duodécima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, relativo a la comprobación de oficio del resto
de los certificados recogidos en este apartado.
e) Proyecto detallado para el que se solicita la subvención, conforme a:
1º. Anexo VI. Línea de Ayudas a Asociaciones Juveniles y entidades asimiladas a las
mismas.
Lunes, 10 de enero de 2022
1621
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Octavo. De las solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado que se recoge en el Anexo I de
la presente convocatoria, y que podrá descargarse, junto con el resto de Anexos, del Portal
del Instituto de la Juventud de Extremadura, http://juventudextremadura.juntaex.es.
Dichas solicitudes se acompañarán, en original o copia de la siguiente documentación, sin
perjuicio de la documentación adicional que se especifica para cada línea de ayudas:
a) DNI, en vigor, del representante legal de la asociación o entidad solicitante, dato que
será comprobado de oficio por el órgano gestor de las ayudas, salvo que conste expresamente la oposición de la persona interesada a dicha comprobación en cuyo caso esta
vendrá obligada a presentar el documento mencionado.
b) Documento que acredite la representación de la persona solicitante por parte de la asociación o entidad solicitante, conforme al Anexo II.
c) Justificación de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria y de reunir los requisitos establecidos en la normativa
vigente para obtener la subvención solicitada, mediante declaración responsable, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 12.2 y 3 de de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al Anexo III.
d) El órgano gestor recabará de oficio los certificados a emitir por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, por la Consejería competente en materia de Hacienda, y por
la Tesorería General de la Seguridad Social. A los efectos de esta comprobación en la
solicitud se habilita un apartado para que el interesado consigne su consentimiento
expreso respecto del certificado de encontrarse al corriente con la Agencia Estatal de
Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1.k) de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Así mismo, en la mencionada solicitud, se informa al interesado respecto al ejercicio del derecho de oposición, reconocido
en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas en su redacción dada por la disposición final
duodécima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, relativo a la comprobación de oficio del resto
de los certificados recogidos en este apartado.
e) Proyecto detallado para el que se solicita la subvención, conforme a:
1º. Anexo VI. Línea de Ayudas a Asociaciones Juveniles y entidades asimiladas a las
mismas.