Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0096)
Acuerdo de 28 de octubre de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 1 (1/2021) del Plan General Municipal de Guadiana para incluir el uso de equipamiento público como permitido en el suelo no urbanizable de especial protección planeada paisajístico - perfiles urbanos (SNU EPP-PU).
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NÚMERO 5
1523
Lunes, 10 de enero de 2022
4. JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN.
La modificación de planeamiento propuesta responde fundamentalmente a la necesidad que
tiene el municipio de ampliar el cementerio municipal, aunque también dará cobertura urbanística a la posible implantación de equipamientos públicos que por sus características y
dimensiones no puedan ubicarse en el casco urbano y requieran de cierta proximidad a él.
Según consulta realizada al Ayuntamiento de Guadiana actualmente el cementerio tiene capacidad aproximadamente para unos 750 nichos, de los cuales tan sólo quedan libres unos 25.
La cifra de nichos ocupados incluye también aquellos que han sido comprados pero todavía
no han sido utilizados, por lo que el cementerio aún tiene mayor capacidad que la que refleja
el número de nichos libres.
Según datos del Instituto de Estadística de Extremadura el número total de defunciones en
Guadiana en los últimos seis años ha sido de 91 personas, oscilando el número de defunciones
de los últimos años entre las 18 y 25 personas. Estos datos reflejan la necesidad de ampliación del cementerio municipal.
N.º de defunciones por año
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2
18
13
25
18
25
Los datos reflejan el número de defunciones de residentes en Guadiana desde el momento de
su independencia de Badajoz. Fuente: Instituto de Estadística de Extremadura.
Tal y como hemos visto en el punto anterior las normas urbanísticas de Guadiana actualmente no permiten la implantación del uso equipamiento en el suelo en el que se localiza el
cementerio, haciendo inviable desde el punto de vista urbanístico la necesaria ampliación de
sus instalaciones.
Con el fin de preservar el perfil urbano de Guadiana, así como el carácter eminentemente
rústico de este suelo, esta modificación propone incluir como uso permitido en el Suelo No
Urbanizable de Especial Protección Planeada el uso de equipamientos única y exclusivamente
cuando éstos sean públicos. De esta manera se trata de evitar la posible aparición masiva de
nuevas edificaciones a que podría dar lugar la permisividad de todo tipo de equipamientos,
públicos y privados.
1523
Lunes, 10 de enero de 2022
4. JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN.
La modificación de planeamiento propuesta responde fundamentalmente a la necesidad que
tiene el municipio de ampliar el cementerio municipal, aunque también dará cobertura urbanística a la posible implantación de equipamientos públicos que por sus características y
dimensiones no puedan ubicarse en el casco urbano y requieran de cierta proximidad a él.
Según consulta realizada al Ayuntamiento de Guadiana actualmente el cementerio tiene capacidad aproximadamente para unos 750 nichos, de los cuales tan sólo quedan libres unos 25.
La cifra de nichos ocupados incluye también aquellos que han sido comprados pero todavía
no han sido utilizados, por lo que el cementerio aún tiene mayor capacidad que la que refleja
el número de nichos libres.
Según datos del Instituto de Estadística de Extremadura el número total de defunciones en
Guadiana en los últimos seis años ha sido de 91 personas, oscilando el número de defunciones
de los últimos años entre las 18 y 25 personas. Estos datos reflejan la necesidad de ampliación del cementerio municipal.
N.º de defunciones por año
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2
18
13
25
18
25
Los datos reflejan el número de defunciones de residentes en Guadiana desde el momento de
su independencia de Badajoz. Fuente: Instituto de Estadística de Extremadura.
Tal y como hemos visto en el punto anterior las normas urbanísticas de Guadiana actualmente no permiten la implantación del uso equipamiento en el suelo en el que se localiza el
cementerio, haciendo inviable desde el punto de vista urbanístico la necesaria ampliación de
sus instalaciones.
Con el fin de preservar el perfil urbano de Guadiana, así como el carácter eminentemente
rústico de este suelo, esta modificación propone incluir como uso permitido en el Suelo No
Urbanizable de Especial Protección Planeada el uso de equipamientos única y exclusivamente
cuando éstos sean públicos. De esta manera se trata de evitar la posible aparición masiva de
nuevas edificaciones a que podría dar lugar la permisividad de todo tipo de equipamientos,
públicos y privados.