Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060006)
Resolución de 3 de enero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio suscrito entre la Junta de Extremadura, la Diputación de Cáceres y la Diputación de Badajoz para la creación conjunta del Consorcio "Agencia Extremeña de la Energía".
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NÚMERO 4
1344
Viernes, 7 de enero de 2022
Ante esa necesidad, AGENEX, a través de su Dirección y previa la licitación correspondiente,
encargó la elaboración de informe en Derecho 7, que se adjunta como Anexo I a la presente
memoria justificativa. En él se analiza la situación actual tanto orgánica como funcional de
la Asociación y, a partir de ahí, se identifican las figuras, dentro del elenco de las previstas
legalmente, a las que resulta viable evolucionar, así como los condicionantes y consecuencias
de ello, las ventajas e inconvenientes y las cautelas a adoptar.
Este análisis tiene presente, en todo caso, garantizar la finalidad para la que se constituyó
AGENEX, su condición de ente instrumental de las distintas entidades públicas asociadas y la
continuidad de su actividad, que mantiene vivas y a pleno rendimiento muchas actuaciones y
vínculos obligacionales con los asociados y con terceros. Además, el análisis se realiza tomando en consideración los condicionantes derivados de vínculos obligacionales vigentes con las
entidades asociadas, los contraídos con terceros, en general, y en el marco de los proyectos
europeos que desarrolla, en particular, así como las cuestiones de índole laboral propias de su
plantilla de trabajadores.
Una vez tomada razón de dicho informe, la dirección de la AGENEX lo presentó a la Administración de adscripción, Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad.
De entre las distintas figuras a las que cabía evolucionar (sociedad mercantil, consorcio, y fundación), finalmente se ha optado por la evolución de la Asociación a un Consorcio constituido por la
Junta de Extremadura y las dos diputaciones provinciales, de Badajoz y Cáceres, descartándose
la sociedad mercantil, la fundación, el organismo autónomo y la entidad pública empresarial.
Una vez considerado que la evolución a la figura del consorcio es una opción viable y la más
conveniente a los intereses de AGENEX, se ha analizado el procedimiento a seguir, los pasos concretos a cumplimentar, el calendario de estos, así como la forma concreta en que la
evolución afectará a los distintos derechos y obligaciones de que en la actualidad es titular
AGENEX. Esta labor de análisis está recogida en el informe correspondiente
8
que, como el
anterior, ha sido tomado en consideración a efecto de la elaboración de esta Memoria Justificativa. Se incluye como Anexo II a la presente memoria justificativa.
7 “ INFORME EN DERECHO SOBRE EL TIPO DE PERSONA JURÍDICA A LA QUE, PARTIENDO DE LA REALIDAD JURÍDICA
Y FUNCIONAL DE LA ASOCIACIÓN AGENCIA EXTREMEÑA DE LA ENERGÍA, RESULTA VIABLE QUE EVOLUCIONE.
CONDICIONANTES Y CONSECUENCIAS. (I) EL ANÁLISIS DE LAS DIFERENTES POSIBLIDADES”. Elaborado por el
despacho “Campón & Martínez-Pereda, Abogados”.
8 “ INFORME EN DERECHO SOBRE EL TIPO DE PERSONA JURÍDICA A LA QUE, PARTIENDO DE LA REALIDAD JURÍDICA
Y FUNCIONAL DE LA ASOCIACIÓN AGENCIA EXTREMEÑA DE LA ENERGÍA, RESULTA VIABLE QUE EVOLUCIONE.
CONDICIONANTES Y CONSECUENCIAS. (II) PROCEDIMIENTO DE EVOLUCIÓN DE LA AGENCIA EXTREMEÑA DE
ENERGÍA DESDE SU RÉGIMEN JURÍDICO ACTUAL COMO ASOCIACIÓN AL DE UN CONSORCIO ADMINISTRATIVO”.
Elaborado por el despacho “Campón & Martínez-Pereda, Abogados”, como segunda fase de su trabajo.
1344
Viernes, 7 de enero de 2022
Ante esa necesidad, AGENEX, a través de su Dirección y previa la licitación correspondiente,
encargó la elaboración de informe en Derecho 7, que se adjunta como Anexo I a la presente
memoria justificativa. En él se analiza la situación actual tanto orgánica como funcional de
la Asociación y, a partir de ahí, se identifican las figuras, dentro del elenco de las previstas
legalmente, a las que resulta viable evolucionar, así como los condicionantes y consecuencias
de ello, las ventajas e inconvenientes y las cautelas a adoptar.
Este análisis tiene presente, en todo caso, garantizar la finalidad para la que se constituyó
AGENEX, su condición de ente instrumental de las distintas entidades públicas asociadas y la
continuidad de su actividad, que mantiene vivas y a pleno rendimiento muchas actuaciones y
vínculos obligacionales con los asociados y con terceros. Además, el análisis se realiza tomando en consideración los condicionantes derivados de vínculos obligacionales vigentes con las
entidades asociadas, los contraídos con terceros, en general, y en el marco de los proyectos
europeos que desarrolla, en particular, así como las cuestiones de índole laboral propias de su
plantilla de trabajadores.
Una vez tomada razón de dicho informe, la dirección de la AGENEX lo presentó a la Administración de adscripción, Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad.
De entre las distintas figuras a las que cabía evolucionar (sociedad mercantil, consorcio, y fundación), finalmente se ha optado por la evolución de la Asociación a un Consorcio constituido por la
Junta de Extremadura y las dos diputaciones provinciales, de Badajoz y Cáceres, descartándose
la sociedad mercantil, la fundación, el organismo autónomo y la entidad pública empresarial.
Una vez considerado que la evolución a la figura del consorcio es una opción viable y la más
conveniente a los intereses de AGENEX, se ha analizado el procedimiento a seguir, los pasos concretos a cumplimentar, el calendario de estos, así como la forma concreta en que la
evolución afectará a los distintos derechos y obligaciones de que en la actualidad es titular
AGENEX. Esta labor de análisis está recogida en el informe correspondiente
8
que, como el
anterior, ha sido tomado en consideración a efecto de la elaboración de esta Memoria Justificativa. Se incluye como Anexo II a la presente memoria justificativa.
7 “ INFORME EN DERECHO SOBRE EL TIPO DE PERSONA JURÍDICA A LA QUE, PARTIENDO DE LA REALIDAD JURÍDICA
Y FUNCIONAL DE LA ASOCIACIÓN AGENCIA EXTREMEÑA DE LA ENERGÍA, RESULTA VIABLE QUE EVOLUCIONE.
CONDICIONANTES Y CONSECUENCIAS. (I) EL ANÁLISIS DE LAS DIFERENTES POSIBLIDADES”. Elaborado por el
despacho “Campón & Martínez-Pereda, Abogados”.
8 “ INFORME EN DERECHO SOBRE EL TIPO DE PERSONA JURÍDICA A LA QUE, PARTIENDO DE LA REALIDAD JURÍDICA
Y FUNCIONAL DE LA ASOCIACIÓN AGENCIA EXTREMEÑA DE LA ENERGÍA, RESULTA VIABLE QUE EVOLUCIONE.
CONDICIONANTES Y CONSECUENCIAS. (II) PROCEDIMIENTO DE EVOLUCIÓN DE LA AGENCIA EXTREMEÑA DE
ENERGÍA DESDE SU RÉGIMEN JURÍDICO ACTUAL COMO ASOCIACIÓN AL DE UN CONSORCIO ADMINISTRATIVO”.
Elaborado por el despacho “Campón & Martínez-Pereda, Abogados”, como segunda fase de su trabajo.