Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064019)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), y la Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX) para financiar el desarrollo de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible de los centros del Servicio Extremeño Público de Empleo mediante transferencia específica de carácter plurianual.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 4
Viernes, 7 de enero de 2022
1275
La justificación del primer 35,89% de la cantidad total conveniada que corresponde a la
cantidad de (9.152,64 €) se realizará en el segundo trimestre de la anualidad 2022, estableciéndose como fecha límite para su presentación el 30 de junio de 2022.
La justificación final de gastos de todas las actividades realizadas durante el plazo de vigencia del presente convenio se podrá presentar en el período de los tres meses siguientes
a su finalización, resultando ser la fecha límite el 31 de diciembre de 2022.
2. No obstante, AGENEX previo aviso de la Comisión de Seguimiento y mediante escrito dirigido al órgano gestor, podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado, hasta
el 25 % del importe total de la transferencia. A tales efectos acompañará al escrito certificación del representante legal de la misma en la que conste el porcentaje máximo que
la entidad va a ejecutar definitivamente antes de la fecha establecida para la ejecución de
las actividades.
Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta de AGENEX.
3. El porcentaje anterior se elevará hasta el 50% del importe total de la transferencia cuando
se hubieran activado planes de contingencia.
4. L
os gastos derivados de esta transferencia específica deberán corresponderse con actividades realizadas en el período de tiempo comprendido entre el 21 de octubre de 2021 hasta
el 30 de septiembre de 2022.
5. AGENEX llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
6. A
simismo, deberán conservar expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme
se establece en las instrucciones indicadas en el Anexo II del presente convenio, que estarán a disposición de la Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero
7. P
ara la justificación total de la transferencia específica, el centro gestor deberá remitir a
la Intervención delegada un certificado en el que haga constar las actuaciones realizadas
y su coste, el objeto de las mismas, que son gastos acogidos a la presente transferencia,
que están efectivamente realizados y acreditados mediante facturas o documentos de valor
probatorio equivalentes, y que los mismos han sido pagados. Del mismo modo, el certificado deberá indicar la fecha y el objeto que contiene la factura o documento justificativo
de los gastos.
Viernes, 7 de enero de 2022
1275
La justificación del primer 35,89% de la cantidad total conveniada que corresponde a la
cantidad de (9.152,64 €) se realizará en el segundo trimestre de la anualidad 2022, estableciéndose como fecha límite para su presentación el 30 de junio de 2022.
La justificación final de gastos de todas las actividades realizadas durante el plazo de vigencia del presente convenio se podrá presentar en el período de los tres meses siguientes
a su finalización, resultando ser la fecha límite el 31 de diciembre de 2022.
2. No obstante, AGENEX previo aviso de la Comisión de Seguimiento y mediante escrito dirigido al órgano gestor, podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado, hasta
el 25 % del importe total de la transferencia. A tales efectos acompañará al escrito certificación del representante legal de la misma en la que conste el porcentaje máximo que
la entidad va a ejecutar definitivamente antes de la fecha establecida para la ejecución de
las actividades.
Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta de AGENEX.
3. El porcentaje anterior se elevará hasta el 50% del importe total de la transferencia cuando
se hubieran activado planes de contingencia.
4. L
os gastos derivados de esta transferencia específica deberán corresponderse con actividades realizadas en el período de tiempo comprendido entre el 21 de octubre de 2021 hasta
el 30 de septiembre de 2022.
5. AGENEX llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
6. A
simismo, deberán conservar expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme
se establece en las instrucciones indicadas en el Anexo II del presente convenio, que estarán a disposición de la Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero
7. P
ara la justificación total de la transferencia específica, el centro gestor deberá remitir a
la Intervención delegada un certificado en el que haga constar las actuaciones realizadas
y su coste, el objeto de las mismas, que son gastos acogidos a la presente transferencia,
que están efectivamente realizados y acreditados mediante facturas o documentos de valor
probatorio equivalentes, y que los mismos han sido pagados. Del mismo modo, el certificado deberá indicar la fecha y el objeto que contiene la factura o documento justificativo
de los gastos.