Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0094)
Acuerdo de 24 de junio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Tiétar.
297 páginas totales
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NÚMERO 3
Miércoles, 5 de enero de 2022
852
Se establecerá la continuidad de los paramentos verticales de las plantas superiores con la planta baja de
modo que los locales de esta planta quedarán definidos y delimitados, en materiales y formas, por los
elementos arquitectónicos propios del edificio.
El tono, color y textura compositiva será uniforme en toda la fachada, pudiéndose variar el sistema
compositivo y el tono en zócalos, remates, jambas, dinteles, alféizares y molduras.
B.
MATERIALES.
Sin perjuicio de las mayores limitaciones que pudieran imponer las condiciones estéticas particulares de
las zonas de ordenanza, se establecen las siguientes condiciones para los paños de fachada visibles
desde el exterior.
1.
En áreas residenciales consolidadas de suelo urbano:
a.
Revocos con mortero de cal, lisos o con un acabado raspado o apomazado, con
pigmentación blanca. Para la utilización de otros colores se precisará autorización expresa
del Ayuntamiento, que podrá recabar un estudio de color del entorno como anexo al
proyecto..
b.
Enfoscados de mortero de cemento, siempre que se garantice su acabado posterior con
pintura para exteriores mate en color blanco. Para la utilización de otros colores se precisará
autorización expresa del Ayuntamiento, que podrá recabar un estudio de color del entorno
como anexo al proyecto..
c.
Ladrillo visto macizo cerámico, rojizo u ocre, en su color natural, excluyéndose
expresamente los veteados y vidriados, y únicamente en partes concretas de la fachada,
combinado con revocos o enfoscados blancos.
Se prohíbe, especialmente, utilizar como ladrillo visto el ladrillo hueco “tosco” de obra,
debiendo ser terminados con algún enfoscado, revoco o enlucido aquellos paños de fábrica
construidos con este material.
d.
Piedra natural en chapados, trasdosados o en fábrica, con aparejos de sillarejo, sillería o
mampostería.
e.
Muro de hormigón estructural visto.
f.
Elementos prefabricados de hormigón, metal o madera.
g.
En las plantas bajas se admitirán zócalos de revoco rugoso (a la tirolesa), ladrillo visto tosco
viejo y Piedra natural en trasdosados o en fábrica, con aparejos de sillarejo, sillería,
mampostería o aplacados hasta una altura no superior a ciento cincuenta (120) centímetros.
h.
Queda prohibido el uso de azulejos, baldosas de terrazo, plaquetas cerámicas y ladrillo visto
en zócalos y fachadas.
i.
Se permiten recercados de puertas y ventanas de ladrillo, con un ancho máximo de 20 cm.
j.
Las plantas bajas que estén a la espera de ser ocupadas por locales comerciales cumplirán
las condiciones de composición, materiales y calidad del resto de la fachada, debiendo
dejarse los huecos con cerramiento opaco definido en el proyecto arquitectónico conforme a
las siguientes:
- Deberá cumplir con todas las condiciones de resistencia, estabilidad y seguridad
requeridas en la Normativa vigente.
- Deberá estar perfectamente acabado, pintado en un tono que armonice con el resto de la
fachada.
- Será ciego en toda su superficie, pudiendo dejar unos huecos mínimos necesarios para
ventilación del local.
2.
En ámbitos de nuevo desarrollo:
Miércoles, 5 de enero de 2022
852
Se establecerá la continuidad de los paramentos verticales de las plantas superiores con la planta baja de
modo que los locales de esta planta quedarán definidos y delimitados, en materiales y formas, por los
elementos arquitectónicos propios del edificio.
El tono, color y textura compositiva será uniforme en toda la fachada, pudiéndose variar el sistema
compositivo y el tono en zócalos, remates, jambas, dinteles, alféizares y molduras.
B.
MATERIALES.
Sin perjuicio de las mayores limitaciones que pudieran imponer las condiciones estéticas particulares de
las zonas de ordenanza, se establecen las siguientes condiciones para los paños de fachada visibles
desde el exterior.
1.
En áreas residenciales consolidadas de suelo urbano:
a.
Revocos con mortero de cal, lisos o con un acabado raspado o apomazado, con
pigmentación blanca. Para la utilización de otros colores se precisará autorización expresa
del Ayuntamiento, que podrá recabar un estudio de color del entorno como anexo al
proyecto..
b.
Enfoscados de mortero de cemento, siempre que se garantice su acabado posterior con
pintura para exteriores mate en color blanco. Para la utilización de otros colores se precisará
autorización expresa del Ayuntamiento, que podrá recabar un estudio de color del entorno
como anexo al proyecto..
c.
Ladrillo visto macizo cerámico, rojizo u ocre, en su color natural, excluyéndose
expresamente los veteados y vidriados, y únicamente en partes concretas de la fachada,
combinado con revocos o enfoscados blancos.
Se prohíbe, especialmente, utilizar como ladrillo visto el ladrillo hueco “tosco” de obra,
debiendo ser terminados con algún enfoscado, revoco o enlucido aquellos paños de fábrica
construidos con este material.
d.
Piedra natural en chapados, trasdosados o en fábrica, con aparejos de sillarejo, sillería o
mampostería.
e.
Muro de hormigón estructural visto.
f.
Elementos prefabricados de hormigón, metal o madera.
g.
En las plantas bajas se admitirán zócalos de revoco rugoso (a la tirolesa), ladrillo visto tosco
viejo y Piedra natural en trasdosados o en fábrica, con aparejos de sillarejo, sillería,
mampostería o aplacados hasta una altura no superior a ciento cincuenta (120) centímetros.
h.
Queda prohibido el uso de azulejos, baldosas de terrazo, plaquetas cerámicas y ladrillo visto
en zócalos y fachadas.
i.
Se permiten recercados de puertas y ventanas de ladrillo, con un ancho máximo de 20 cm.
j.
Las plantas bajas que estén a la espera de ser ocupadas por locales comerciales cumplirán
las condiciones de composición, materiales y calidad del resto de la fachada, debiendo
dejarse los huecos con cerramiento opaco definido en el proyecto arquitectónico conforme a
las siguientes:
- Deberá cumplir con todas las condiciones de resistencia, estabilidad y seguridad
requeridas en la Normativa vigente.
- Deberá estar perfectamente acabado, pintado en un tono que armonice con el resto de la
fachada.
- Será ciego en toda su superficie, pudiendo dejar unos huecos mínimos necesarios para
ventilación del local.
2.
En ámbitos de nuevo desarrollo: