Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0094)
Acuerdo de 24 de junio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Tiétar.
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NÚMERO 3
Miércoles, 5 de enero de 2022
795
Toda la documentación se entregará en papel y en soporte digital en los formatos que determine el
Ayuntamiento.
D.
LICENCIAS DE OBRA MENOR.
1.
2.
E.
Para la solicitud de estas obras no será necesaria la presentación de proyecto suscrito por
técnico competente. No obstante, podrá exigirse:
a.
Plano de situación de la obra.
b.
Croquis acotado de lo que se pretende realizar en la parte posterior de la solicitud
(perfectamente interpretable, indicando la situación de las obras dentro de la edificación y
de la parcela). Cuando por el tipo de obra sea necesario, el Ayuntamiento podrá exigir la
presentación de planos acotados de planta, sección y alzado de lo que se quiere hacer,
acompañando planos anexos a la solicitud en los que se refleje perfectamente lo construido
actualmente y el cumplimiento de las condiciones de volumen, estéticas, etc., que se
señalan en este Plan General de lo proyectado.
c.
Relación de materiales de acabado que se van a utilizar.
d.
Presupuesto real de la obra.
e.
Declaración responsable del contratista que vaya a realizar la obra.
En cualquier caso, se deberá cumplir:
a.
Que la obra o instalación prevista, sea del tipo que sea, cumpla y se adecue a lo
establecido en este Plan, tanto con carácter general, como particular para la zona concreta
en la que se ubique.
b.
Que no se comprometa, ni directa ni indirectamente, la seguridad de personas y bienes, sea
cual sea el tipo de obra a realizar.
c.
Que, por su escasa complejidad o nivel técnico, y por no existir posible incidencia para la
seguridad de las personas y las cosas, no resulte necesaria la redacción de un Proyecto
completo, siempre y cuando:
i.
La instalación y obra a realizar quede perfectamente definida y garantizada su correcta
ejecución, en la memoria, planos y demás documentación técnica que deben
acompañar a la solicitud.
ii.
El contratista o persona que vaya a ejecutar la obra demuestre el nivel técnico
suficiente exigible en cada caso.
AUTORIZACIONES Y COMUNICACIONES DE USOS Y ACTIVIDADES.
Será de aplicación lo dispuesto en las disposiciones legales de aplicación:
1.
Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
2.
Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Autorizaciones y
comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Artículo 3.5.1.9 CADUCIDAD Y PRÓRROGA. [D]
A.
CADUCIDAD.
1.
Las licencias caducan a los seis meses de su otorgamiento si no se inician las obras o actividades
dentro de dicho plazo.
2.
Se entenderá que no se ha iniciado la obra siempre que durante el citado plazo de seis meses la
actividad constructiva sea inferior al 15% de la obra. Dicho 15% se calculará en base al presupuesto
de ejecución material del proyecto presentado al solicitar la licencia.
Miércoles, 5 de enero de 2022
795
Toda la documentación se entregará en papel y en soporte digital en los formatos que determine el
Ayuntamiento.
D.
LICENCIAS DE OBRA MENOR.
1.
2.
E.
Para la solicitud de estas obras no será necesaria la presentación de proyecto suscrito por
técnico competente. No obstante, podrá exigirse:
a.
Plano de situación de la obra.
b.
Croquis acotado de lo que se pretende realizar en la parte posterior de la solicitud
(perfectamente interpretable, indicando la situación de las obras dentro de la edificación y
de la parcela). Cuando por el tipo de obra sea necesario, el Ayuntamiento podrá exigir la
presentación de planos acotados de planta, sección y alzado de lo que se quiere hacer,
acompañando planos anexos a la solicitud en los que se refleje perfectamente lo construido
actualmente y el cumplimiento de las condiciones de volumen, estéticas, etc., que se
señalan en este Plan General de lo proyectado.
c.
Relación de materiales de acabado que se van a utilizar.
d.
Presupuesto real de la obra.
e.
Declaración responsable del contratista que vaya a realizar la obra.
En cualquier caso, se deberá cumplir:
a.
Que la obra o instalación prevista, sea del tipo que sea, cumpla y se adecue a lo
establecido en este Plan, tanto con carácter general, como particular para la zona concreta
en la que se ubique.
b.
Que no se comprometa, ni directa ni indirectamente, la seguridad de personas y bienes, sea
cual sea el tipo de obra a realizar.
c.
Que, por su escasa complejidad o nivel técnico, y por no existir posible incidencia para la
seguridad de las personas y las cosas, no resulte necesaria la redacción de un Proyecto
completo, siempre y cuando:
i.
La instalación y obra a realizar quede perfectamente definida y garantizada su correcta
ejecución, en la memoria, planos y demás documentación técnica que deben
acompañar a la solicitud.
ii.
El contratista o persona que vaya a ejecutar la obra demuestre el nivel técnico
suficiente exigible en cada caso.
AUTORIZACIONES Y COMUNICACIONES DE USOS Y ACTIVIDADES.
Será de aplicación lo dispuesto en las disposiciones legales de aplicación:
1.
Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
2.
Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Autorizaciones y
comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Artículo 3.5.1.9 CADUCIDAD Y PRÓRROGA. [D]
A.
CADUCIDAD.
1.
Las licencias caducan a los seis meses de su otorgamiento si no se inician las obras o actividades
dentro de dicho plazo.
2.
Se entenderá que no se ha iniciado la obra siempre que durante el citado plazo de seis meses la
actividad constructiva sea inferior al 15% de la obra. Dicho 15% se calculará en base al presupuesto
de ejecución material del proyecto presentado al solicitar la licencia.