Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0094)
Acuerdo de 24 de junio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Tiétar.
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NÚMERO 3
Miércoles, 5 de enero de 2022

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Artículo 3.5.1.8 REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES DE LICENCIAS Y OTROS INSTRUMENTOS. [D]
Atendiendo a los diferentes tipos de licencias, autorizaciones y comunicaciones previas, la solicitud
deberá acompañarse de la documentación siguiente.
A.

LICENCIAS DE PARCELACIÓN.
Se exigirá la presentación de un Proyecto de Parcelación a escala mínima 1:500 sobre base topográfica
con curvas de nivel de metro en metro como mínimo, permitiéndose excepcionalmente otras escalas y
características topográficas si el documento lo requiere, con copia del plano catastral en que se delimiten
las parcelas afectadas y su configuración previa a la parcelación, y con la inclusión de las cédulas
urbanísticas y alineaciones oficiales correspondientes a cada parcela resultante, cuando así lo exija el
Ayuntamiento.
Toda la documentación se entregará en papel, formato A4 o asimilado, y en soporte digital en los formatos
que determine el Ayuntamiento.

B.

AUTORIZACIONES DE URBANIZACIÓN.
Se exigirá la presentación de Proyecto de Urbanización o Proyectos de Obras, visado y suscrito por
técnico competente realizados de acuerdo con las Normas Generales de Urbanización que se señalan en
este documento, con el contenido preciso que exigen los Artículos 53, 67.5, 69 y 70 del Reglamento de
Planeamiento, haciendo referencia expresa a lo señalado en el apartado 3 del referido Art. 70.
Toda la documentación se entregará en papel y en soporte digital en los formatos que determine el
Ayuntamiento.

C.

LICENCIAS DE OBRA MAYOR.
Previamente a la solicitud de licencia, se habrá solicitado y obtenido del Ayuntamiento la correspondiente
alineación oficial, conforme a lo previsto en la presente Normativa.
La documentación que acompañará la solicitud de licencia será:
1.

2.

Certificado acreditativo del señalamiento de línea y rasante.
a.

Instancia de solicitud.

b.

Proyecto firmado por Técnico Competente, que constará de Memoria, Planos, Presupuesto,
Pliego de Condiciones y Plano de Emplazamiento. Deberá estar ajustado al presente Plan
General, cumpliendo tanto las Normas Generales de Edificación como las condiciones
particulares correspondientes a la Clase de Suelo y Zona de Ordenanza en que se
encuentre la parcela objeto de la solicitud.

c.

Justificación del cumplimiento de la normativa urbanística con cuadro comparativo de la
normativa a aplicar y los datos del proyecto, en anejo nº1 del proyecto a presentar.

d.

Cuadro detallado de superficies de cada una de las fincas que vayan a constituir, en su
caso, la división horizontal, con descripción completa de cada una de ellas (linderos,
superficie, etc.).

e.

Direcciones facultativas de los técnicos competentes.

Las licencias de edificación de obra mayor no se podrán conceder en tanto no se cumplan los
siguientes requisitos:
a.

Que la parcela correspondiente reúna las condiciones que señalan este Plan para que
pueda ser edificada.

b.

Que se haya concedido previamente la alineación oficial conforme a lo establecido en el
Artículo 3.5.3.2.

c.

En su caso, Estudio de Seguridad y Salud, o Estudio Básico de Seguridad y Salud, en los
términos y condiciones previstos en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.