Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0094)
Acuerdo de 24 de junio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Tiétar.
297 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 3
Miércoles, 5 de enero de 2022
4.
790
Actuaciones edificatorias.
SUBCAPÍTULO 3.3.2.
RÉGIMEN DE LAS ACTUACIONES.
Artículo 3.3.2.1 DESARROLLO DE ACTUACIONES EN SUELO URBANO [E]
El régimen específico de desarrollo de las actuaciones Urbanizadoras, Asistemáticas y Edificatorias en
Suelo Urbano se detalla en el CAPÍTULO 9.3 de la presente normativa.
Artículo 3.3.2.2 DESARROLLO DE ACTUACIONES EN SUELO URBANIZABLE [E].
El régimen específico de desarrollo de las actuaciones en Suelo Urbanizable se detalla en el CAPÍTULO
10.3 de la presente normativa.
Artículo 3.3.2.3 EJECUCIÓN DE SISTEMAS GENERALES [E]
Los Sistemas Generales se desarrollarán conforme al artículo 104 de la LOTUS, con las condiciones
particulares establecidas en el CAPÍTULO 8.2 de la presente Normativa.
CAPÍTULO 3.4.
INSTRUMENTOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PLANEAMIENTO.
SUBCAPÍTULO 3.4.1.
PROGRAMAS DE EJECUCIÓN.
Artículo 3.4.1.1 DEFINICIÓN [E]
El Programa de Ejecución es el instrumento que determina y organiza la actividad de urbanización
identificando el ámbito espacial de la misma y estableciendo las condiciones para su desarrollo. Quedan
regulados sus objetivos, contenido y tramitación en el título IV de la LOTUS.
Artículo 3.4.1.2 NORMAS DE PRESENTACIÓN. [D]
La documentación de los programas de ejecución que se presenten ante el Ayuntamiento para su
tramitación se formalizará en soporte digital, debiéndose entregar junto con la edición en papel, un CD o
DVD con los distintos archivos informáticos, con los siguientes formatos:
1.
Formato pdf para la totalidad del documento, incluyendo tanto la parte gráfica como los textos.
2.
Textos del documento en Microsoft Word (doc), junto con los archivos originales de objetos
generados con otras aplicaciones (xls, mdb, shx, cdr, etc.)
3.
Planos en formato vectorial, dwg, dgn o similar, y representados sobre la Cartografía Base Oficial
del Plan General, manteniendo en todo momento las coordenadas de dicha cartografía, de forma
que no se efectúe desplazamiento alguno de dicha base.
SUBCAPÍTULO 3.4.2.
PROYECTOS DE EJECUCIÓN MATERIAL.
Artículo 3.4.2.1 CLASIFICACIÓN. [E]
La ejecución material de las determinaciones del Plan General y demás instrumentos de la ordenación
urbanística se llevará a la práctica mediante el desarrollo de los correspondientes proyectos técnicos que,
atendiendo a su objeto, se clasifican en:
Proyectos de urbanización.
Proyectos de obras ordinarias.
Proyectos de demolición.
Proyectos de edificación.
Proyectos de actuaciones, actividades e instalaciones singulares.
Miércoles, 5 de enero de 2022
4.
790
Actuaciones edificatorias.
SUBCAPÍTULO 3.3.2.
RÉGIMEN DE LAS ACTUACIONES.
Artículo 3.3.2.1 DESARROLLO DE ACTUACIONES EN SUELO URBANO [E]
El régimen específico de desarrollo de las actuaciones Urbanizadoras, Asistemáticas y Edificatorias en
Suelo Urbano se detalla en el CAPÍTULO 9.3 de la presente normativa.
Artículo 3.3.2.2 DESARROLLO DE ACTUACIONES EN SUELO URBANIZABLE [E].
El régimen específico de desarrollo de las actuaciones en Suelo Urbanizable se detalla en el CAPÍTULO
10.3 de la presente normativa.
Artículo 3.3.2.3 EJECUCIÓN DE SISTEMAS GENERALES [E]
Los Sistemas Generales se desarrollarán conforme al artículo 104 de la LOTUS, con las condiciones
particulares establecidas en el CAPÍTULO 8.2 de la presente Normativa.
CAPÍTULO 3.4.
INSTRUMENTOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PLANEAMIENTO.
SUBCAPÍTULO 3.4.1.
PROGRAMAS DE EJECUCIÓN.
Artículo 3.4.1.1 DEFINICIÓN [E]
El Programa de Ejecución es el instrumento que determina y organiza la actividad de urbanización
identificando el ámbito espacial de la misma y estableciendo las condiciones para su desarrollo. Quedan
regulados sus objetivos, contenido y tramitación en el título IV de la LOTUS.
Artículo 3.4.1.2 NORMAS DE PRESENTACIÓN. [D]
La documentación de los programas de ejecución que se presenten ante el Ayuntamiento para su
tramitación se formalizará en soporte digital, debiéndose entregar junto con la edición en papel, un CD o
DVD con los distintos archivos informáticos, con los siguientes formatos:
1.
Formato pdf para la totalidad del documento, incluyendo tanto la parte gráfica como los textos.
2.
Textos del documento en Microsoft Word (doc), junto con los archivos originales de objetos
generados con otras aplicaciones (xls, mdb, shx, cdr, etc.)
3.
Planos en formato vectorial, dwg, dgn o similar, y representados sobre la Cartografía Base Oficial
del Plan General, manteniendo en todo momento las coordenadas de dicha cartografía, de forma
que no se efectúe desplazamiento alguno de dicha base.
SUBCAPÍTULO 3.4.2.
PROYECTOS DE EJECUCIÓN MATERIAL.
Artículo 3.4.2.1 CLASIFICACIÓN. [E]
La ejecución material de las determinaciones del Plan General y demás instrumentos de la ordenación
urbanística se llevará a la práctica mediante el desarrollo de los correspondientes proyectos técnicos que,
atendiendo a su objeto, se clasifican en:
Proyectos de urbanización.
Proyectos de obras ordinarias.
Proyectos de demolición.
Proyectos de edificación.
Proyectos de actuaciones, actividades e instalaciones singulares.