Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2021063979)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, de convocatoria para la incorporación de empresas al programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2022.
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NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022

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Decimosegundo. Gastos subvencionables.
1. Se considera gasto subvencionable el coste necesario para la contratación por parte de las
entidades locales de los espectáculos incluidos en la relación de empresas y espectáculos
incorporados a la oferta de programación, y que se corresponderá exclusivamente con el
caché artístico, coincidiendo con el ofertado por la empresa en su solicitud de incorporación
al programa I.
2. Las contrataciones que se formalicen correrán en todo caso por cuenta de las entidades
locales beneficiarias de las ayudas, no existiendo relación contractual alguna entre las empresas y la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura.
Decimotercero. Procedimiento de concesión.
1. La presente convocatoria se publica, junto con su extracto, a través de la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Asimismo se publica en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal de la Transparencia y de la Participación Ciudadana.
2. El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramita en régimen de concurrencia
competitiva y mediante convocatoria pública periódica.
3. Las solicitudes presentadas se evaluarán atendiendo a los criterios de valoración previstos
en el apartado décimo octavo de esta resolución.
4. Podrán aumentarse las cuantías globales de cada procedimiento en función de los créditos
disponibles con las limitaciones previstas en el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Decimocuarto. Ejecución de la actividad subvencionable.
La actividad subvencionable se desarrollará entre el 20 de junio al 14 de septiembre del año
2022, sin perjuicio de la posibilidad de modificación de dicho período, conforme a lo establecido en el apartado décimo punto uno de esta resolución de convocatoria.
Decimoquinto. Financiación y cuantía de las ayudas.
1
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad total de cuatrocientos siete mil trecientos euros (407.300,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria
150020000G273B460000 proyecto 20001164 fondos CAG0000001, de los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.