Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2021063979)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, de convocatoria para la incorporación de empresas al programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2022.
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NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022

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III. CONCESIÓN DE AYUDAS A LA PROGRAMACIÓN
Décimo. Beneficiarios y requisitos de los mismos.
1. P
 odrán ser beneficiarios de las ayudas a la programación todos los municipios y entidades
locales menores de Extremadura con población inferior a 2.000 habitantes, según el censo
de población a 1 de septiembre del ejercicio 2021, que deseen utilizar los escenarios móviles de la Junta de Extremadura, para la realización de actividades culturales en su término
municipal, durante el período comprendido entre el 20 de junio y el 14 de septiembre del
ejercicio 2022, ambas fechas incluidas, y así lo solicite de conformidad con lo establecido
en esta resolución.
En el caso de que las entidades beneficiarias fueran inferiores en número a las 57 previstas
en el apartado décimo octavo de esta resolución, el período mencionado para la realización
de actividades se acortará, iniciándose tres días más tarde de lo inicialmente previsto y
finalizando tres días con anterioridad a lo inicialmente previsto, y así sucesivamente según
el número de beneficiarios fuera inferior.
2. Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:
a. Estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
b. N
 o estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. N
 o serán beneficiarios aquellos municipios y entidades locales menores que, teniendo una
población menor a 2.000 habitantes, estén integrados en la Red de Teatros de Extremadura.
Decimoprimero. Régimen jurídico.
Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en el Decreto 63/2016, de 17 de mayo, por
el que se regula el régimen de incorporación de empresas al programa de colaboración con
los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad
Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de
Extremadura (Programa I), y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas
a la programación de los escenarios móviles (DOE n.º 97, de 23 de mayo), por lo establecido
en la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás normativa básica de
desarrollo.