Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Subvenciones. (2021063181)
Resolución de 21 de octubre de 2021, de la Secretaría General, de convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a Entidades Asociativas de la Economía Social y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
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NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022



• Entre 2.001 y 4.000 integrantes: 2 puntos.



• Entre 4.001 y 6.000 integrantes: 3 puntos.



• A partir de 6.001 integrantes: 4 puntos.

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La documentación que habrá de aportarse para acreditar la concurrencia de este criterio,
relativo al volumen de afiliación, será la expedida por el registro correspondiente, que
podrá ser recabada conforme al apartado Sexto o aportada por la interesada, siempre
que sea un dato inscrito o, en caso contrario, una certificación de la entidad emitida por
la persona con competencia para hacerlo.
d) Participación de la mujer en los órganos de gobierno y representación de las entidades
asociativas. A las entidades asociativas cuyos órganos de gobierno y representación
cuenten con una representación equilibrada de mujeres y hombres en los términos del
artículo 4.4 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y
contra la violencia de género en Extremadura, de forma que en el conjunto de personas
a que se refiera, cada sexo ni supere el sesenta por ciento ni sea menos del cuarenta
por ciento, se le otorgarán 5 puntos.
La acreditación de este criterio se realizará mediante la certificación de la composición
del órgano de gobierno y representación expedida por el registro correspondiente, que
podrá ser recabada conforme al apartado Sexto o aportado por la interesada, siempre
que sea un dato inscrito, o, en caso contrario, una certificación de la entidad emitida por
la persona con competencia para hacerlo.
e) Plantilla laboral de la entidad: se valorarán los contratos en vigor de forma ininterrumpida durante los tres meses anteriores al de la presentación de la solicitud, sin computar
a estos efectos a las personas que integren el órgano de gobierno y representación de
la entidad. El máximo de puntos a otorgar en este apartado será de 15.


— Personas contratadas a tiempo completo: 1 punto.



— Personas contratadas a tiempo parcial: 0,5 puntos.



— Por cada uno de los contratos valorados que sea indefinido se sumarán 0,2 puntos
más.



— Por cada uno de los contratos valorados en que la trabajadora sea una mujer se sumarán 0,2 puntos más.

La acreditación de este criterio se realizará mediante la aportación de la vida laboral de
la entidad referida a los seis meses inmediatamente anteriores al de presentación de la
solicitud.