Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021064004)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas jóvenes de entre 16 y 18 años correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022
649
la interesada para que en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente
al de la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Si así no
lo hiciere, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo prevenido en el
artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Séptimo. Órganos competentes en la ordenación, instrucción y resolución, plazo de
resolución y notificación.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde
al Servicio de Orientación e Intermediación, adscrito a la Dirección General de Planificación
y Evaluación de las Políticas Activas de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo.
La resolución corresponderá a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de
Empleo.
2. C
on carácter previo a la resolución definitiva, la Comisión de Valoración hará pública una
propuesta provisional con las puntuaciones de todos los expedientes presentados y no
desistidos y dará un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones a las
mencionadas puntuaciones previamente a la elaboración de la propuesta definitiva. La
propuesta provisional se publicará en la web extremaduratrabaja.juntaex.es o página que
la sustituya.
3. E
l plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de
Extremadura.
4. L
a resolución del procedimiento de concesión de subvenciones se notificará individualmente a los interesados, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 41 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. L
a resolución que ponga fin al procedimiento, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
ser impugnada mediante recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Educación
y Empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que fuera notificada.
6. L
as subvenciones concedidas serán objeto de publicidad en el Diario Oficial de Extremadura
y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, serán objeto de publicidad en el Portal
Electrónico de la Transparencia y Participación Ciudadana, de conformidad con lo dispuesto
Martes, 4 de enero de 2022
649
la interesada para que en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente
al de la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Si así no
lo hiciere, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo prevenido en el
artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Séptimo. Órganos competentes en la ordenación, instrucción y resolución, plazo de
resolución y notificación.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde
al Servicio de Orientación e Intermediación, adscrito a la Dirección General de Planificación
y Evaluación de las Políticas Activas de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo.
La resolución corresponderá a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de
Empleo.
2. C
on carácter previo a la resolución definitiva, la Comisión de Valoración hará pública una
propuesta provisional con las puntuaciones de todos los expedientes presentados y no
desistidos y dará un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones a las
mencionadas puntuaciones previamente a la elaboración de la propuesta definitiva. La
propuesta provisional se publicará en la web extremaduratrabaja.juntaex.es o página que
la sustituya.
3. E
l plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de
Extremadura.
4. L
a resolución del procedimiento de concesión de subvenciones se notificará individualmente a los interesados, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 41 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. L
a resolución que ponga fin al procedimiento, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
ser impugnada mediante recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Educación
y Empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que fuera notificada.
6. L
as subvenciones concedidas serán objeto de publicidad en el Diario Oficial de Extremadura
y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, serán objeto de publicidad en el Portal
Electrónico de la Transparencia y Participación Ciudadana, de conformidad con lo dispuesto