Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021064004)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas jóvenes de entre 16 y 18 años correspondiente al ejercicio 2022.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022

650

en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme a lo establecido en el artículo 20.8
b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Octavo. Composición de la Comisión de Valoración.
Tras el examen y evaluación de las solicitudes, los expedientes serán sometidos a informe,
que será vinculante, por una Comisión de Valoración, cuya composición, será la siguiente:
Presidente: El titular de la Jefatura del Servicio de Orientación e Intermediación o persona
en quien delegue.
Secretario /a: Un /a funcionario/a adscrito /a al Servicio de Orientación e Intermediación
con voz y voto.
Vocal: Un técnico /a, adscrito /a al Servicio de Orientación e Intermediación, con voz y voto.
La identidad concreta de los miembros de la comisión de valoración serán publicados, con
suficiente antelación a su constitución, en la página www.extremaduratrabaja.juntaex.es, o
página que la sustituya.
Noveno. Criterios de valoración y ponderación.
1. L
 as solicitudes admitidas se valorarán conforme a los siguientes criterios objetivos:
a) Resultados cuantitativos de los objetivos en relación a proyectos subvencionados para
desarrollo de políticas activas de empleo realizados por la entidad solicitante, que hayan
finalizado previamente a la publicación de la resolución de la convocatoria e iniciados
en los tres últimos ejercicios anteriores al año de la convocatoria, siempre que se hayan
cumplido los objetivos previstos en lo referente a atención a personas usuarias y así se
certifique o informe por el órgano concedente.
Su acreditación se realizará mediante certificación o informe de los distintos órganos
concedentes salvo los concedidos por el SEXPE que se realizará de oficio a petición de la
entidad solicitante. Dicha petición se realizará a través del “Anexo II Autobaremación”
de la presente resolución: Máximo 120 puntos:


1º. Si la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo público y su objetivo era la ejecución de todas las
acciones indicadas en la resolución de la convocatoria: 30 puntos por cada proyecto
finalizado con cumplimiento de objetivos.