Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021064004)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas jóvenes de entre 16 y 18 años correspondiente al ejercicio 2022.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022
654
tuación obtenida en los criterios establecidos en las letras d), b), y c) del citado dispositivo
y por ese orden.
En el caso de persistir la misma puntuación se atenderá al orden de presentación de la solicitud tomando como referencia la fecha, y en su caso, la hora en que ha tenido entrada en
cualquiera de los lugares previsto en el dispositivo sexto de la presente Resolución.
Décimo. Financiación.
El importe total de la convocatoria asciende a 462.828,85 euros, financiado con cargo a
la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/48900 TE24001001 20180172 “Orientación
ITACA” con fuente de financiación transferencias del Estado, con el siguiente desglose por
anualidades:
ANUALIDAD 2022: Trescientos noventa y tres mil cuatrocientos cuatro con cincuenta y dos
euros (393.404,52 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/48900
TE24001001 20180172 “Orientación ITACA” con fuente de financiación transferencias del
Estado.
ANUALIDAD 2023: Sesenta y nueve mil cuatrocientos veinticuatro con treinta tres euros (69.424,33 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/48900
TE24001001 20180172 “Orientación ITACA” con fuente de financiación transferencias del
Estado.
La citada cuantía total podrá aumentarse hasta un 20% de la cuantía inicial o hasta la
cuantía que corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la
concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, todo ello conforme
lo establecido en el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Undécimo. Número de personas a atender, cuantía de la subvención y período de
ejecución de las acciones.
1. El número de personas que deberá recibir las actuaciones indicadas en el dispositivo segundo de la presente resolución será de 75 por entidad.
2. Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 17 de noviembre de 2020, la
cuantía de la subvención máxima por entidad será de 115.707,21 € dividida de la siguiente
manera:
a) Subvención por orientación: Relacionada con el número de personas a atender y el
número de horas de trabajo del personal técnico necesarias para las acciones de orientación, que se estima en 6 horas por usuario, con un máximo de 9.885,75 €.
Martes, 4 de enero de 2022
654
tuación obtenida en los criterios establecidos en las letras d), b), y c) del citado dispositivo
y por ese orden.
En el caso de persistir la misma puntuación se atenderá al orden de presentación de la solicitud tomando como referencia la fecha, y en su caso, la hora en que ha tenido entrada en
cualquiera de los lugares previsto en el dispositivo sexto de la presente Resolución.
Décimo. Financiación.
El importe total de la convocatoria asciende a 462.828,85 euros, financiado con cargo a
la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/48900 TE24001001 20180172 “Orientación
ITACA” con fuente de financiación transferencias del Estado, con el siguiente desglose por
anualidades:
ANUALIDAD 2022: Trescientos noventa y tres mil cuatrocientos cuatro con cincuenta y dos
euros (393.404,52 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/48900
TE24001001 20180172 “Orientación ITACA” con fuente de financiación transferencias del
Estado.
ANUALIDAD 2023: Sesenta y nueve mil cuatrocientos veinticuatro con treinta tres euros (69.424,33 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/48900
TE24001001 20180172 “Orientación ITACA” con fuente de financiación transferencias del
Estado.
La citada cuantía total podrá aumentarse hasta un 20% de la cuantía inicial o hasta la
cuantía que corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la
concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, todo ello conforme
lo establecido en el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Undécimo. Número de personas a atender, cuantía de la subvención y período de
ejecución de las acciones.
1. El número de personas que deberá recibir las actuaciones indicadas en el dispositivo segundo de la presente resolución será de 75 por entidad.
2. Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 17 de noviembre de 2020, la
cuantía de la subvención máxima por entidad será de 115.707,21 € dividida de la siguiente
manera:
a) Subvención por orientación: Relacionada con el número de personas a atender y el
número de horas de trabajo del personal técnico necesarias para las acciones de orientación, que se estima en 6 horas por usuario, con un máximo de 9.885,75 €.