Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanza No Universitaria. Ayudas. (2021063980)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para el alumnado de enseñanzas postobligatorias no universitarias, matriculado en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022
354
130050000, Fondos CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
2. La presente convocatoria queda condicionada de forma suspensiva a la existencia de crédito adecuado y suficiente al tramitarse de forma anticipada, de acuerdo con lo previsto
en la regla 42 de la Orden de 5 de enero de 2000 por la que se aprueba la Instrucción de
Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Séptimo. Cuantías de las ayudas y criterios para su determinación.
1. En la Línea A (RESIDENCIA), la cuantía de las ayudas se determinará conforme a los siguientes criterios:
a) Cuando el beneficiario/a ocupe plaza en residencia pública de enseñanza postobligatoria, la cuantía de la ayuda será el precio público establecido por la Junta de Extremadura
para cada año académico.
b) Cuando el beneficiario de la ayuda de residencia haya solicitado plaza y, reuniendo los
requisitos, no haya obtenido por no existir plaza disponible, la cuantía a conceder por
este concepto será de 1.536,00 euros.
2. En la Línea B (TRANSPORTE FIN DE SEMANA), las cuantías se establecerán en función de
la distancia existente entre el casco urbano de la población en que radique el domicilio familiar y la localidad donde esté ubicada la residencia pública de enseñanza postobligatoria,
en la que el alumno/a tiene adjudicada plaza o, en su caso, la residencia particular a las
que se hace referencia en el apartado anterior.
Las ayudas se determinarán en función de los siguientes tramos:
Hasta 24 km: 100 euros alumno/a/curso.
De 25 a 50 km: 235 euros alumno/a/curso.
De 51 a 100 km: 265 euros alumno/a/curso.
De 101 a 150 km: 300 euros alumno/a/curso.
De 151 a 200 km: 335 euros alumno/a/curso.
De más de 200 km: 400 euros alumno/a/curso.
3. En la Línea C (TRANSPORTE DIARIO), las cuantías se establecerán en función de la distancia existente entre el casco urbano de la población en que radique el domicilio familiar y el
Martes, 4 de enero de 2022
354
130050000, Fondos CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
2. La presente convocatoria queda condicionada de forma suspensiva a la existencia de crédito adecuado y suficiente al tramitarse de forma anticipada, de acuerdo con lo previsto
en la regla 42 de la Orden de 5 de enero de 2000 por la que se aprueba la Instrucción de
Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Séptimo. Cuantías de las ayudas y criterios para su determinación.
1. En la Línea A (RESIDENCIA), la cuantía de las ayudas se determinará conforme a los siguientes criterios:
a) Cuando el beneficiario/a ocupe plaza en residencia pública de enseñanza postobligatoria, la cuantía de la ayuda será el precio público establecido por la Junta de Extremadura
para cada año académico.
b) Cuando el beneficiario de la ayuda de residencia haya solicitado plaza y, reuniendo los
requisitos, no haya obtenido por no existir plaza disponible, la cuantía a conceder por
este concepto será de 1.536,00 euros.
2. En la Línea B (TRANSPORTE FIN DE SEMANA), las cuantías se establecerán en función de
la distancia existente entre el casco urbano de la población en que radique el domicilio familiar y la localidad donde esté ubicada la residencia pública de enseñanza postobligatoria,
en la que el alumno/a tiene adjudicada plaza o, en su caso, la residencia particular a las
que se hace referencia en el apartado anterior.
Las ayudas se determinarán en función de los siguientes tramos:
Hasta 24 km: 100 euros alumno/a/curso.
De 25 a 50 km: 235 euros alumno/a/curso.
De 51 a 100 km: 265 euros alumno/a/curso.
De 101 a 150 km: 300 euros alumno/a/curso.
De 151 a 200 km: 335 euros alumno/a/curso.
De más de 200 km: 400 euros alumno/a/curso.
3. En la Línea C (TRANSPORTE DIARIO), las cuantías se establecerán en función de la distancia existente entre el casco urbano de la población en que radique el domicilio familiar y el