Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanza No Universitaria. Ayudas. (2021063980)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para el alumnado de enseñanzas postobligatorias no universitarias, matriculado en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022.
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NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022
353
La ayuda tendrá por objeto financiar la ocupación de una plaza en residencia pública
de enseñanza postobligatoria de la Comunidad Autónoma de Extremadura en localidad
distinta del domicilio familiar, siempre que exista este recurso y se disponga de plazas
vacantes. Si cumpliendo los requisitos de acceso no ha obtenido plaza de residencia
pública de enseñanza postobligatoria por no haberlas disponibles, se le abonará el coste
de residencia particular, cuyo importe se establece en el artículo 7.1.b) de la presente
resolución.
b) Línea B (TRANSPORTE FIN DE SEMANA): Ayudas para sufragar los gastos derivados del
traslado del alumnado los fines de semana, desde su domicilio familiar a la localidad en
que se ubica la residencia pública de enseñanza postobligatoria, o en su caso residencia
particular, del alumnado matriculado en enseñanzas postobligatorias no universitarias
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Línea C (TRANSPORTE DIARIO): Ayudas para subvencionar los gastos, derivados de la
utilización del transporte diario por razón de la distancia entre el domicilio familiar del
alumno y la localidad en la que se ubica el centro educativo en que está matriculado,
o en su caso, el centro de trabajo en que realicen las prácticas del ciclo formativo correspondiente, cuando no sea posible la ocupación gratuita de una plaza en las rutas de
transporte contratadas por la Consejería de Educación y Empleo.
2. A los efectos del Decreto 62/2016, de 10 de mayo, se considerará domicilio familiar el más
próximo al centro docente que pertenezca algún miembro computable de la unidad familiar,
aunque no coincida con el domicilio legal del solicitante.
Sexto. Créditos y financiación de las ayudas.
1. Para el objeto de esta convocatoria, se destinara la cantidad máxima cuatrocientos mil
euros (400.000,00 €), con el siguiente desglose:
— Para la Línea A (Residencia): Se destinará la cantidad total de doscientos mil euros
(200.000,00 €), con cargo a la Posición presupuestaria G/222G/48100, Centro gestor
130050000, Fondos CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
— ara la Línea B (Transporte Fin de Semana): Se destinará la cantidad total de cien mil
euros (100.000,00 €), con cargo a la Posición presupuestaria G/222G/48100, Centro
gestor 130050000, Fondos CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
— Para la Línea C (Transporte Diario): Se destinará la cantidad total de cien mil euros
(100.000,00 €), con cargo a la Posición presupuestaria G/222G/48100, Centro gestor
Martes, 4 de enero de 2022
353
La ayuda tendrá por objeto financiar la ocupación de una plaza en residencia pública
de enseñanza postobligatoria de la Comunidad Autónoma de Extremadura en localidad
distinta del domicilio familiar, siempre que exista este recurso y se disponga de plazas
vacantes. Si cumpliendo los requisitos de acceso no ha obtenido plaza de residencia
pública de enseñanza postobligatoria por no haberlas disponibles, se le abonará el coste
de residencia particular, cuyo importe se establece en el artículo 7.1.b) de la presente
resolución.
b) Línea B (TRANSPORTE FIN DE SEMANA): Ayudas para sufragar los gastos derivados del
traslado del alumnado los fines de semana, desde su domicilio familiar a la localidad en
que se ubica la residencia pública de enseñanza postobligatoria, o en su caso residencia
particular, del alumnado matriculado en enseñanzas postobligatorias no universitarias
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Línea C (TRANSPORTE DIARIO): Ayudas para subvencionar los gastos, derivados de la
utilización del transporte diario por razón de la distancia entre el domicilio familiar del
alumno y la localidad en la que se ubica el centro educativo en que está matriculado,
o en su caso, el centro de trabajo en que realicen las prácticas del ciclo formativo correspondiente, cuando no sea posible la ocupación gratuita de una plaza en las rutas de
transporte contratadas por la Consejería de Educación y Empleo.
2. A los efectos del Decreto 62/2016, de 10 de mayo, se considerará domicilio familiar el más
próximo al centro docente que pertenezca algún miembro computable de la unidad familiar,
aunque no coincida con el domicilio legal del solicitante.
Sexto. Créditos y financiación de las ayudas.
1. Para el objeto de esta convocatoria, se destinara la cantidad máxima cuatrocientos mil
euros (400.000,00 €), con el siguiente desglose:
— Para la Línea A (Residencia): Se destinará la cantidad total de doscientos mil euros
(200.000,00 €), con cargo a la Posición presupuestaria G/222G/48100, Centro gestor
130050000, Fondos CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
— ara la Línea B (Transporte Fin de Semana): Se destinará la cantidad total de cien mil
euros (100.000,00 €), con cargo a la Posición presupuestaria G/222G/48100, Centro
gestor 130050000, Fondos CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
— Para la Línea C (Transporte Diario): Se destinará la cantidad total de cien mil euros
(100.000,00 €), con cargo a la Posición presupuestaria G/222G/48100, Centro gestor