Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. (2021050207)
Orden de 3 de diciembre de 2021 por la que se realiza la convocatoria extraordinaria correspondiente al ejercicio 2022 para la incorporación de las compañías a la oferta de programación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura o para la presentación de nuevos espectáculos no incluidos en ofertas anteriores.
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NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022
259
3. El hecho de que las personas participantes en la representación del espectáculo en gira
propuesto (actores/actrices, músicos/as, intérpretes, técnicos/as y director/es/as) sean
mayoritariamente extremeños o residentes en Extremadura, correspondiendo 17 puntos al
100 % de participantes extremeños, y el resto en la proporción que a cada uno le corresponda (según lo declarado en el anexo).
4. Número de participantes que intervienen en la representación del espectáculo en gira propuesto (actores/actrices, músicos/as, intérpretes, técnicos/as y director/es/as). (Según lo
declarado en el anexo).
La asignación de puntos se realizará de la siguiente forma:
— Hasta 2 participantes: 4 puntos.
— Más de 2 participantes hasta 5: 8 puntos.
— Más de 5: 13 puntos.
5. La trayectoria de la empresa en los dos últimos años (máximo 10 puntos), determinado por
el número de representaciones o conciertos contratados y desarrollados exclusivamente
por la empresa solicitante durante los dos últimos años anteriores a la fecha de publicación
de esta convocatoria (según lo declarado en el anexo y acreditado con fotocopias de las
facturas o, para el caso de actuación con caché a cero, fotocopia de los contratos realizados).
Este apartado se valorará de la siguiente forma:
— Hasta 15 actuaciones: 5 puntos.
— Más de 15 actuaciones hasta 25: 7,5 puntos.
— Más de 25 actuaciones: 10 puntos.
6. E
l haber sido beneficiario de una subvención por parte de la consejería competente en
materia de cultura de la Junta de Extremadura para la producción del espectáculo ofertado
se valorará con 5 puntos.
7. En todo caso, las propuestas que no cuenten con al menos el 40 % del máximo total de la
puntuación posible (100 puntos) en el momento de la votación serán propuestas para su
desestimación.
Artículo 7. Resolución de incorporación a la oferta de programación.
1. La resolución de incorporación a la oferta de programación se realizará por la Consejera
de Cultura, Turismo y Deportes, a propuesta de la Secretaría General de Cultura, previo
informe de la Comisión técnico-artística.
Martes, 4 de enero de 2022
259
3. El hecho de que las personas participantes en la representación del espectáculo en gira
propuesto (actores/actrices, músicos/as, intérpretes, técnicos/as y director/es/as) sean
mayoritariamente extremeños o residentes en Extremadura, correspondiendo 17 puntos al
100 % de participantes extremeños, y el resto en la proporción que a cada uno le corresponda (según lo declarado en el anexo).
4. Número de participantes que intervienen en la representación del espectáculo en gira propuesto (actores/actrices, músicos/as, intérpretes, técnicos/as y director/es/as). (Según lo
declarado en el anexo).
La asignación de puntos se realizará de la siguiente forma:
— Hasta 2 participantes: 4 puntos.
— Más de 2 participantes hasta 5: 8 puntos.
— Más de 5: 13 puntos.
5. La trayectoria de la empresa en los dos últimos años (máximo 10 puntos), determinado por
el número de representaciones o conciertos contratados y desarrollados exclusivamente
por la empresa solicitante durante los dos últimos años anteriores a la fecha de publicación
de esta convocatoria (según lo declarado en el anexo y acreditado con fotocopias de las
facturas o, para el caso de actuación con caché a cero, fotocopia de los contratos realizados).
Este apartado se valorará de la siguiente forma:
— Hasta 15 actuaciones: 5 puntos.
— Más de 15 actuaciones hasta 25: 7,5 puntos.
— Más de 25 actuaciones: 10 puntos.
6. E
l haber sido beneficiario de una subvención por parte de la consejería competente en
materia de cultura de la Junta de Extremadura para la producción del espectáculo ofertado
se valorará con 5 puntos.
7. En todo caso, las propuestas que no cuenten con al menos el 40 % del máximo total de la
puntuación posible (100 puntos) en el momento de la votación serán propuestas para su
desestimación.
Artículo 7. Resolución de incorporación a la oferta de programación.
1. La resolución de incorporación a la oferta de programación se realizará por la Consejera
de Cultura, Turismo y Deportes, a propuesta de la Secretaría General de Cultura, previo
informe de la Comisión técnico-artística.