Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063992)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Diputación Provincial de Cáceres y la Consejería de Educación y Empleo, para la implementación del proyecto "Red Circular Fab".
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NÚMERO 1
Lunes, 3 de enero de 2022

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b) La denuncia del convenio por cualquiera de las partes como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones asumidas por la otra parte, que podrá formularse en
cualquier momento transcurrido un año desde su firma, debiendo comunicarse a la otra
parte con un mes de antelación.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que
se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo, seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio. Transcurrido dicho
plazo sin que se haya subsanado la causa que dio lugar a la denuncia, el Convenio quedará
resuelto de forma automática.
3. No obstante, en caso de extinción anticipada del convenio por estas causas, se deberá garantizar por ambas partes la finalización de las actuaciones en curso.
Novena. Publicidad.
1. Las actividades conjuntas programadas llevarán los logotipos institucionales de las entidades firmantes, respetando la identidad corporativa de Diputación de Cáceres para la Red
Circular FAB y de la Consejería de Educación y Empleo, tanto en redes sociales, como en
la cartelería y publicidad.
2. Los programas y actividades colaborativas que se acuerden serán publicitados en las páginas web institucionales de ambas entidades para contribuir a su mayor difusión.
Décima. Protección de datos.
1. Ambas partes cumplirán en todo momento con la normativa y legislación vigente en materia de protección de datos, y especialmente en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, en su normativa
de desarrollo y cuanta normativa resulte de aplicación en cada momento.
2. E
 n el supuesto de que la Diputación comunique algún dato de carácter personal a la Consejería y viceversa, éstas guardarán confidencialidad y no aplicarán los datos a finalidad
distinta que la estipulada en el presente Convenio.
3. La Diputación comunicará pormenorizadamente las medidas de seguridad a implementar
que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal.