Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. Reestructuración. (2021040175)
Decreto 138/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 1
Lunes, 3 de enero de 2022
14
Para el apoyo material a la persona titular de la Presidencia, al Gabinete de la Presidencia
le corresponderán, además, las siguientes funciones:
a) La organización y seguridad de las actividades de la persona titular de la Presidencia.
b) La coordinación de las actividades de apoyo a la persona titular de la Presidencia en
su relación con los restantes poderes de la región y el Estado, en colaboración con la
Secretaría General de la Presidencia, a través de la Jefatura de Protocolo de la Junta de
Extremadura.
c) La asistencia a la Presidencia en materia de administración económica, personal, servicios, medios informáticos y de comunicaciones.
d) La ejecución de aquellas otras actividades o funciones que le encomiende la persona
titular de la Presidencia.
Asimismo, corresponde al Gabinete de la Presidencia, en materia de análisis y evaluación
de las políticas públicas, las siguientes funciones:
a) Elaboración de estudios, análisis e informes multidisciplinares que coadyuven a la toma
de decisiones en relación con la acción de gobierno de la Junta de Extremadura así como
a la evaluación del cumplimiento de sus objetivos programáticos.
b) De documentación en el ámbito de la Presidencia de la Junta de Extremadura, desarrollando funciones de asistencia, recopilación de información y tratamiento de la misma,
incluyendo la cumplimentación, anotación y actualización del Libro de Honor de Medallas de Extremadura.
c) Catalogación y organización de los fondos bibliográficos y documentales de la Presidencia de la Junta.
Además, le corresponde dirigir y coordinar las relaciones con la ciudadanía y con las Entidades Locales, territoriales y no territoriales.
2. Para el cumplimiento de sus funciones el Gabinete de la Presidencia se estructura en el
siguiente órgano administrativo:
— Servicio de Análisis y Documentación.
3. Estarán adscritas, asimismo, al Gabinete de la Presidencia, la Secretaría Técnica de Relaciones con las Entidades Locales y Secretaría Técnica de Relaciones con la Ciudadanía.
Lunes, 3 de enero de 2022
14
Para el apoyo material a la persona titular de la Presidencia, al Gabinete de la Presidencia
le corresponderán, además, las siguientes funciones:
a) La organización y seguridad de las actividades de la persona titular de la Presidencia.
b) La coordinación de las actividades de apoyo a la persona titular de la Presidencia en
su relación con los restantes poderes de la región y el Estado, en colaboración con la
Secretaría General de la Presidencia, a través de la Jefatura de Protocolo de la Junta de
Extremadura.
c) La asistencia a la Presidencia en materia de administración económica, personal, servicios, medios informáticos y de comunicaciones.
d) La ejecución de aquellas otras actividades o funciones que le encomiende la persona
titular de la Presidencia.
Asimismo, corresponde al Gabinete de la Presidencia, en materia de análisis y evaluación
de las políticas públicas, las siguientes funciones:
a) Elaboración de estudios, análisis e informes multidisciplinares que coadyuven a la toma
de decisiones en relación con la acción de gobierno de la Junta de Extremadura así como
a la evaluación del cumplimiento de sus objetivos programáticos.
b) De documentación en el ámbito de la Presidencia de la Junta de Extremadura, desarrollando funciones de asistencia, recopilación de información y tratamiento de la misma,
incluyendo la cumplimentación, anotación y actualización del Libro de Honor de Medallas de Extremadura.
c) Catalogación y organización de los fondos bibliográficos y documentales de la Presidencia de la Junta.
Además, le corresponde dirigir y coordinar las relaciones con la ciudadanía y con las Entidades Locales, territoriales y no territoriales.
2. Para el cumplimiento de sus funciones el Gabinete de la Presidencia se estructura en el
siguiente órgano administrativo:
— Servicio de Análisis y Documentación.
3. Estarán adscritas, asimismo, al Gabinete de la Presidencia, la Secretaría Técnica de Relaciones con las Entidades Locales y Secretaría Técnica de Relaciones con la Ciudadanía.