Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. Reestructuración. (2021040175)
Decreto 138/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 1
Lunes, 3 de enero de 2022
27
sejo de Gobierno designe expresamente al Presidente de la Junta de Extremadura para su
firma, así como el competente en materia de personal. Asimismo será competente para las
modificaciones presupuestarias, salvo en relación con los entes, entidades y organismos
públicos adscritos.
4. Dirección General de Acción Exterior.
Esta Dirección General, bajo la superior dirección de la Presidencia, es el órgano de apoyo, asistencia y asesoramiento al Presidente en todas las actuaciones que, en materia de
relaciones con la Unión Europea y la acción exterior, lleve a cabo la Administración Autonómica.
A esta Dirección General le corresponde el seguimiento, coordinación e impulso de la actuación de la Administración autonómica en los asuntos relacionados con la proyección
exterior, especialmente los que conciernen a la participación de la Junta de Extremadura
en las instituciones y organismos de la Unión Europea, a la cooperación transfronteriza y
a las diferentes organizaciones regionales europeas no comunitarias.
Asimismo, esta Dirección General ejerce la dirección y coordinación de la asistencia y apoyo a los emigrantes extremeños y sus descendientes, así como el fomento y la promoción
de la identidad cultural de los extremeños en el exterior.
5. Dirección General de Administración Local.
La Dirección General de Administración Local, bajo la superior dirección de la Presidencia,
ejercerá las funciones de ordenación, ejecución y control de las competencias que en,
materia de administración local, estén atribuidas a la Junta de Extremadura, así como el
asesoramiento técnico a las entidades locales dentro del ámbito de las competencias autonómicas. Le corresponderá también las funciones relativas a la distribución de los Fondos
de Cooperación Municipal y de Mancomunidades, así como la ejecución y seguimiento de
los programas de ayudas derivadas del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agraria (AEPSA) y para el fomento de agrupaciones de entidades locales.
6. Delegación de Extremadura en Bruselas.
Corresponde a la Delegación de Extremadura en Bruselas, bajo la coordinación e impulso
de la Dirección General de Acción Exterior, la representación, defensa y promoción generales de los intereses de la Comunidad Autónoma ante las Instituciones y órganos de la
Unión Europea”.
Lunes, 3 de enero de 2022
27
sejo de Gobierno designe expresamente al Presidente de la Junta de Extremadura para su
firma, así como el competente en materia de personal. Asimismo será competente para las
modificaciones presupuestarias, salvo en relación con los entes, entidades y organismos
públicos adscritos.
4. Dirección General de Acción Exterior.
Esta Dirección General, bajo la superior dirección de la Presidencia, es el órgano de apoyo, asistencia y asesoramiento al Presidente en todas las actuaciones que, en materia de
relaciones con la Unión Europea y la acción exterior, lleve a cabo la Administración Autonómica.
A esta Dirección General le corresponde el seguimiento, coordinación e impulso de la actuación de la Administración autonómica en los asuntos relacionados con la proyección
exterior, especialmente los que conciernen a la participación de la Junta de Extremadura
en las instituciones y organismos de la Unión Europea, a la cooperación transfronteriza y
a las diferentes organizaciones regionales europeas no comunitarias.
Asimismo, esta Dirección General ejerce la dirección y coordinación de la asistencia y apoyo a los emigrantes extremeños y sus descendientes, así como el fomento y la promoción
de la identidad cultural de los extremeños en el exterior.
5. Dirección General de Administración Local.
La Dirección General de Administración Local, bajo la superior dirección de la Presidencia,
ejercerá las funciones de ordenación, ejecución y control de las competencias que en,
materia de administración local, estén atribuidas a la Junta de Extremadura, así como el
asesoramiento técnico a las entidades locales dentro del ámbito de las competencias autonómicas. Le corresponderá también las funciones relativas a la distribución de los Fondos
de Cooperación Municipal y de Mancomunidades, así como la ejecución y seguimiento de
los programas de ayudas derivadas del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agraria (AEPSA) y para el fomento de agrupaciones de entidades locales.
6. Delegación de Extremadura en Bruselas.
Corresponde a la Delegación de Extremadura en Bruselas, bajo la coordinación e impulso
de la Dirección General de Acción Exterior, la representación, defensa y promoción generales de los intereses de la Comunidad Autónoma ante las Instituciones y órganos de la
Unión Europea”.