Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. Reestructuración. (2021040175)
Decreto 138/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 1
Lunes, 3 de enero de 2022

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Al Gabinete de la Presidencia, al frente del cual existirá una Dirección cuyo titular tendrá
rango de Director General, le corresponde facilitar al titular de la Presidencia la información
política y técnica que resulte necesaria para el ejercicio de sus funciones.
Asimismo, le corresponde coordinar, bajo la superior dirección del titular de la Presidencia
en aquellos asuntos que éste determine, el trabajo de los distintos departamentos de la
Junta de Extremadura; asesorar en aquellos asuntos y materias que disponga el titular de
la Presidencia; conocer las actividades, programas y planes de las distintas Consejerías,
con el fin de facilitar a la Presidencia la coordinación de la acción del Gobierno; y recabar
de las Consejerías y entes del sector público autonómico todo tipo de información que sobre las mismas sea requerida por la Presidencia de la Junta para el ejercicio de sus altas
funciones directivas de impulso, dirección y coordinación de la acción del Gobierno autonómico.
Para el apoyo material a la persona titular de la Presidencia, a la Dirección del Gabinete de
la Presidencia le corresponderán, además, la organización y la seguridad de las actividades
del titular de la misma; la coordinación de las actividades de apoyo a la persona titular de
la Presidencia en su relación con los restantes poderes de la región y el Estado, en colaboración con la Secretaría General de la Presidencia, a través de la Jefatura de Protocolo
de la Junta de Extremadura; la asistencia a la Presidencia en materia de administración
económica, personal, servicios, medios informáticos y de comunicaciones.
Igualmente, le corresponde al Gabinete de la Presidencia el análisis y evaluación de las
políticas públicas, como apoyo en la toma de decisiones y ejecución de las competencias
propias de la Presidencia.
Además, le corresponde dirigir y coordinar las relaciones con la ciudadanía y con las Entidades Locales, territoriales y no territoriales, así como la ejecución de aquellas otras
actividades o funciones que le encomiende el Presidente.
3. Secretaría General de la Presidencia.
La Secretaría General de la Presidencia, bajo la superior dirección de la Presidencia de la
Junta, asume las competencias que con carácter general se establecen para este órgano
conforme al artículo 58 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Entre otras, la asistencia técnica y
administrativa de la Presidencia, la preparación e informe de las disposiciones de carácter
general, la administración del personal, el régimen interior y el asesoramiento jurídico
interno. Es el órgano cuyo titular ejerce la jefatura superior de la Presidencia de la Junta,
después del Presidente, bajo cuya supervisión y dirección coordina las unidades y órganos
administrativos del departamento.