Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021064073)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo, de concesión directa de subvención a la Fundación Laboral de la Construcción de Extremadura, G-80468416, para financiar la impartición de varias acciones de formación profesional para el empleo en las familias profesionales de edificación y obra civil, energía y agua, instalación y mantenimiento y fabricación mecánica, transporte y mantenimiento de vehículos, y seguridad y medioambiente.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

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necesidades de cualificación de los puestos de trabajo de las empresas del sector. Y, por otro
lado, persigue incrementar la inserción del alumnado en dicha formación donde 6 de cada 10
personas encuentre trabajo una vez finalizada su participación.
La Fundación pretende llevar a cabo actuaciones formativas de las familias profesionales de
edificación y obra civil; energía y agua, instalación y mantenimiento, fabricación mecánica,
transporte y mantenimiento de vehículos, y seguridad y medioambiente, mediante las cuales
se pretende lograr una óptima cualificación y recualificación de personas trabajadoras en el
sector de la construcción, que coloque a dicho colectivo en una situación que permita satisfacer la demanda de formación en oficios relacionados con el mismo en el tiempo actual en
pleno proceso de reactivación de la economía, a fin de permitir su integración en el mercado
laboral.
De acuerdo con lo anterior, en los actuales momentos, la naturaleza de la intervención, las
especiales singularidades que presenta la actividad a subvencionar y las características del
beneficiario, justifican la subvención directa de la concesión por concurrir en este caso las
razones de interés público, social, económico o humanitario conforme a lo dispuesto en el
artículo 22.4 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en conexión con el artículo 32.1 a), que
habilitan para conceder de forma directa las subvenciones por razones que dificulten su convocatoria por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales
características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que
se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro.
Por todo ello, habiéndose acreditado en el expediente el cumplimiento de los requisitos que
justifican la concesión directa de la subvención, al Secretario General del SEXPE la siguiente
RESOLUCIÓN
Primera. Objeto y finalidad de la subvención.
1. C
 onceder una subvención directa a la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN para
la impartición de varias acciones de formación profesional para el empleo en las familias
profesionales de EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL, ENERGIA Y AGUA, INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO Y FABRICACIÓN MECÁNICA, TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS,
Y SEGURIDAD Y MEDIOAMBIENTE, de acuerdo con el plan de actuaciones presentado por
la entidad y aprobado por el Servicio Extremeño Público de Empleo.
Así mismo, se desarrollará por la parte de la entidad beneficiaria acciones propias de la
Fundación previstas en el citado plan de actuaciones.