Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021064073)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo, de concesión directa de subvención a la Fundación Laboral de la Construcción de Extremadura, G-80468416, para financiar la impartición de varias acciones de formación profesional para el empleo en las familias profesionales de edificación y obra civil, energía y agua, instalación y mantenimiento y fabricación mecánica, transporte y mantenimiento de vehículos, y seguridad y medioambiente.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64633
— Declaración del representante legal de la entidad que deberá indicar expresamente
que las actividades realizadas has sido financiadas en su totalidad o en parte con la
subvención concedida, indicando en su caso el porcentaje imputado.
— Relación clasificada de los gastos incurridos para la realización de las actuaciones,
que deberán representar, al menos, el 100 por ciento de la cuantía anticipada, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de
pago.
— Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. En caso de
inexistencia de otros ingresos o subvenciones, se hará constar tal circunstancia.
c) Copia de los documentos justificativos de los gastos incorporados en la relación clasificada de gastos y de los documentos acreditativos de los pagos realizados por alguno de
los medios establecidos en el punto 5 de este apartado.
d) En el caso de imputación de gastos de personal propio de la entidad beneficiaria que ha
sido asignado a la ejecución de las actuaciones subvencionables, deberá aportarse copia
del documento de asignación formal del personal a la realización de dichas actuaciones,
donde consten los datos de las personas asignadas y el porcentaje de dedicación respecto a su jornada ordinaria de trabajo.
Dicha justificación inicial deberá presentarse como fecha límite el 30 de junio de 2022.
2. Memoria y justificación final.
La entidad beneficiaria deberá aportar, como fecha límite el 31 de marzo de 2023, la cuenta justificativa final, que deberá contener la siguiente documentación:
a) Memoria final de actuación.
Dicha memoria deberá incluir la relación de todas las actuaciones realizadas (incluidas
las referidas en la memoria inicial), con una valoración sobre su ejecución y sus resultados y las propuestas a trasladar a la Consejería de Educación y Empleo y al SEXPE.
Dicha memoria deberá incluir una declaración de la persona que ostente la representación legal de la Fundación Laboral de la Construcción de que las actuaciones realizadas
han sido financiadas con la subvención.
b) Una Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, conteniendo los siguientes elementos:
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64633
— Declaración del representante legal de la entidad que deberá indicar expresamente
que las actividades realizadas has sido financiadas en su totalidad o en parte con la
subvención concedida, indicando en su caso el porcentaje imputado.
— Relación clasificada de los gastos incurridos para la realización de las actuaciones,
que deberán representar, al menos, el 100 por ciento de la cuantía anticipada, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de
pago.
— Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. En caso de
inexistencia de otros ingresos o subvenciones, se hará constar tal circunstancia.
c) Copia de los documentos justificativos de los gastos incorporados en la relación clasificada de gastos y de los documentos acreditativos de los pagos realizados por alguno de
los medios establecidos en el punto 5 de este apartado.
d) En el caso de imputación de gastos de personal propio de la entidad beneficiaria que ha
sido asignado a la ejecución de las actuaciones subvencionables, deberá aportarse copia
del documento de asignación formal del personal a la realización de dichas actuaciones,
donde consten los datos de las personas asignadas y el porcentaje de dedicación respecto a su jornada ordinaria de trabajo.
Dicha justificación inicial deberá presentarse como fecha límite el 30 de junio de 2022.
2. Memoria y justificación final.
La entidad beneficiaria deberá aportar, como fecha límite el 31 de marzo de 2023, la cuenta justificativa final, que deberá contener la siguiente documentación:
a) Memoria final de actuación.
Dicha memoria deberá incluir la relación de todas las actuaciones realizadas (incluidas
las referidas en la memoria inicial), con una valoración sobre su ejecución y sus resultados y las propuestas a trasladar a la Consejería de Educación y Empleo y al SEXPE.
Dicha memoria deberá incluir una declaración de la persona que ostente la representación legal de la Fundación Laboral de la Construcción de que las actuaciones realizadas
han sido financiadas con la subvención.
b) Una Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, conteniendo los siguientes elementos: