Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2021064068)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar, para el curso 2021/2022.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

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2. L
 a concesión de las ayudas se publicará en el Diario Oficial de Extremadura. No obstante,
en los supuestos previstos en el artículo 17.2 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la publicación en el Diario Oficial
de Extremadura de la concesión de becas y ayudas al estudio del alumnado, será sustituida
por la publicidad en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales, sin perjuicio de su notificación a los interesados. No obstante, en el Diario Oficial de Extremadura
se insertará, tras la resolución, un anuncio en virtud del cual se ordenará la publicación a
través de los citados medios.
3. Asimismo las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura así como en el Portal de la Transparencia y la Participación Ciudadana, salvo las relativas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, de acuerdo con el artículo 17.2 d) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo. Además, de acuerdo con el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, las subvenciones concedidas se notificarán a la Intervención
General de la Administración del Estado para su publicación en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones.
4. L
 a resolución del procedimiento se notificará individualmente a los interesados de acuerdo
con lo previsto en los artículos 40 y 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. E
 l plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución será de seis meses
a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
La falta de notificación de resolución expresa de la concesión dentro del plazo, legitima a
los interesados para entender desestimada su solicitud.
Décimocuarto. Modificación de la resolución.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, en los términos establecidos en
la normativa reguladora de la subvención.
En todo caso la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales que resulten incompatibles con las reguladas en la presente convocatoria, podrá dar lugar a la modificación de la
resolución de concesión.
Las concesiones de becas serán modificadas en todos o alguno de sus componentes, en caso
de descubrirse que en su concesión concurrió ocultación o falseamiento de datos o que existe
incompatibilidad con otros beneficios de esta clase procedentes de otras personas físicas o