Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2021064068)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar, para el curso 2021/2022.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

64501

— Vocales: Dos representantes del Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad, un representante del Servicio de Inspección y un representante de cada Delegación Provincial de Educación, designados todos ellos por el órgano de instrucción.
— Secretario: Un/a funcionario/a de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, designado por su titular.
Los nombramientos serán publicados en el Diario Oficial de Extremadura.
3. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, tanto los vocales como el secretario/a podrán ser sustituidos por algún funcionario/a adscrito al Servicio de Programas Educativos
y Atención a la Diversidad, publicándose en los tablones de anuncio de la Consejería y de
las Delegaciones Provinciales.
4. La Comisión de Valoración se regirá, en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo
dispuesto para los órganos colegiados en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y tendrá las
siguientes atribuciones:
a) Análisis de la documentación presentada por los solicitantes.
b) Petición de informes y documentos que se estimen necesarios para un mejor conocimiento y valoración de las solicitudes, dentro de los límites establecidos por el artículo
13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
c) Formular el informe en que se concrete el resultado de la evaluación efectuada para elevarlo al órgano instructor que deberá emitir la correspondiente propuesta de resolución.
d) El seguimiento de las actividades para las que se haya concedido ayuda, a efectos de
comprobar que han sido destinadas a las finalidades para las que fueron otorgadas.
5. Tras la valoración de las solicitudes presentadas, la Comisión de Valoración elaborará
un informe al que se adjuntará tanto la relación del alumnado que cumpla los requisitos
para la concesión de la ayuda al estudio con indicación del importe a conceder, así como
de aquel alumnado que no los cumple, con indicación de los motivos de denegación.
Décimotercero. Propuesta, resolución y notificación.
1. A la vista del informe de la Comisión de Valoración, el Jefe de Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad, formulará la correspondiente propuesta de resolución al
Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo, que dictará la resolución que
proceda.