Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040199)
Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

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d) Área de emergencia: Zona controlada y habilitada para el depósito de las diferentes
fracciones de residuos en situaciones de emergencia, en un municipio que realiza la
recogida de residuos municipales puerta a puerta.
e) Punto limpio: instalaciones cerradas, ambientalmente controladas, ubicadas en zonas
urbanas o periurbanas, en las que se dispone de contenedores específicos para la reco­
gida separada de aquellos residuos municipales que requieren de una recogida y trata­
miento especializado.
f) Residuos municipales: los residuos domésticos y los residuos procedentes de otras fuen­
tes, como pueden ser el comercio minorista, la administración, el sector de la educación,
los servicios sanitarios, el alojamiento y los servicios alimentarios, y otros servicios y
actividades, que por su naturaleza y composición son similares a los residuos de origen
doméstico. El concepto de residuos municipales incluye, por lo tanto, entre otros, los
residuos procedentes del mantenimiento de parques y jardines, tales como las hojas,
la hierba cortada y los restos de la tala de árboles, y los procedentes de servicios de
limpieza de calles y mercados, excepto materiales como arena, roca, fango o polvo.
g) Biorresiduo: Residuo biodegradable de jardines y parques, residuos alimenticios y de
cocina procedentes de hogares, restaurantes, servicios de restauración colectiva y es­
tablecimientos de venta al por menor; así como, residuos comparables procedentes de
plantas de procesado de alimentos.
h) F
 racción orgánica: Residuo biodegradable procedente de residuos alimenticios y de
cocina procedentes de hogares, restaurantes, servicios de restauración colectiva y es­
tablecimientos de venta al por menor.
i) Fracción orgánica recogida separadamente (FORS): Fracción orgánica de residuos muni­
cipales FORM que se recoge en origen separada del resto de fracciones, comprendiendo
residuos alimenticios y de cocina procedentes de hogares, restaurantes, servicios de
restauración colectiva y establecimientos de venta al por menor.
Artículo 3. Líneas de ayudas y actuaciones subvencionables.
1. Las subvenciones públicas recogidas en el presente decreto se articulan a través de las
siguientes líneas de ayudas:
a) Línea 1. Ayudas para la implantación de la recogida separada de la fracción orgánica,
la separada de envases, la separada de papel y cartón, la separada de vidrio y fracción
resto mediante el sistema puerta a puerta, en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.