Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040199)
Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

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de Extremadura. La fracción vidrio será opcional para la entidad beneficiaria, mediante su
recogida mediante puerta a puerta o mediante iglú.


a) Las inversiones subvencionables, dentro de la línea 1 de ayudas, serán:

• El suministro de material necesario para la correcta separación de los residuos
en las viviendas y locales comerciales, conforme a las prescripciones del anexo I,
del presente decreto, incluidas las medidas tecnológicas de control del servicio a
implantar.


• Las campañas, previas a la implantación, la campaña de implantación y el seguimiento de la implantación de la recogida puerta a puerta, conforme a las prescripciones del anexo I del presente decreto.



• El establecimiento de áreas de emergencia de depósito de las 5 fracciones de recogida separada, conforme a las prescripciones del anexo I del presente decreto.



• Una biotrituradora por municipio, para la trituración de las podas municipales para
su uso como material estructurante en el compostaje de materia orgánica, con
capacidad de corte de hasta 180mm de diámetro de rama.



b) La ayuda a percibir por esta línea, estará en función de los habitantes para los que la
entidad beneficiaria solicita la implantación de la recogida puerta a puerta, a razón
de 55 € por habitante, siempre que esta cuantía no supere el máximo establecido, ni
se solicite para un número mayor de habitantes, que los del último censo oficial del
INE del Municipio o Entidad Local.



Esta ayuda por habitante supondrá el 90% de la inversión total prevista, sin incluir
el IVA, debiendo aportar la entidad beneficiaria el 10% adicional en concepto de
cofinanciación, así como el IVA correspondiente. Así la ayuda máxima a recibir por
esta línea de actuación, será de 742.500 euros, por municipio o entidad local menor,
lo que supone un gasto total a realizar por la entidad beneficiara de 825.000 euros,
excluido el IVA. En solicitudes agrupadas esta ayuda máxima se considerará igualmente por Municipio o Entidad Local participante en la agrupación solicitada.