Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2021040198)
Decreto 150/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64304
• Deberán desarrollar la actividad para la que solicitan subvención en la Comunidad
Autónoma de Extremadura y tener actividad habitual en artes escénicas y música.
• Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
• Para ser beneficiario de la ayuda, el importe mínimo de la inversión aprobada deberá
ser de al menos 25.000,00 euros
3. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, dentro del límite de disponibilidad presupuestaria del ejercicio 2022, y de
acuerdo con los criterios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, tramitándose conforme a las especialidades establecidas en el artículo 24 del DecretoLey 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
4. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Cada entidad interesada podrá presentar una sola solicitud referida a un único proyecto.
En el supuesto de que el mismo titular realice más de una solicitud, se evaluará la primera
solicitud que haya presentado, según fecha de registro, considerándose excluidas las
restantes.
2. Las subvenciones se concederán a solicitud de los interesados, previa tramitación del
oportuno expediente administrativo.
3. L
as solicitudes se formalizarán en los impresos o modelos oficiales que figuran como
Anexo I y Anexo II al presente Decreto, y se dirigirán al titular de la Dirección General
competente en materia de promoción cultural.
Las solicitudes y el resto de anexos se podrán descargar en la Sede Electrónica de
la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/) y en el Portal del Ciudadano
https://ciudadano.gobex.es/inicio en la oficina virtual, sección trámites, buscador de
trámites, texto: Modernización AAEE y Música
4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el
siguiente al de la publicación del presente Decreto y convocatoria así como el extracto
de la misma en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64304
• Deberán desarrollar la actividad para la que solicitan subvención en la Comunidad
Autónoma de Extremadura y tener actividad habitual en artes escénicas y música.
• Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
• Para ser beneficiario de la ayuda, el importe mínimo de la inversión aprobada deberá
ser de al menos 25.000,00 euros
3. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, dentro del límite de disponibilidad presupuestaria del ejercicio 2022, y de
acuerdo con los criterios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, tramitándose conforme a las especialidades establecidas en el artículo 24 del DecretoLey 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
4. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Cada entidad interesada podrá presentar una sola solicitud referida a un único proyecto.
En el supuesto de que el mismo titular realice más de una solicitud, se evaluará la primera
solicitud que haya presentado, según fecha de registro, considerándose excluidas las
restantes.
2. Las subvenciones se concederán a solicitud de los interesados, previa tramitación del
oportuno expediente administrativo.
3. L
as solicitudes se formalizarán en los impresos o modelos oficiales que figuran como
Anexo I y Anexo II al presente Decreto, y se dirigirán al titular de la Dirección General
competente en materia de promoción cultural.
Las solicitudes y el resto de anexos se podrán descargar en la Sede Electrónica de
la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/) y en el Portal del Ciudadano
https://ciudadano.gobex.es/inicio en la oficina virtual, sección trámites, buscador de
trámites, texto: Modernización AAEE y Música
4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el
siguiente al de la publicación del presente Decreto y convocatoria así como el extracto
de la misma en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.