Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2021040198)
Decreto 150/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 251

64305

Viernes, 31 de diciembre de 2021

No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo, las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la convocatoria.
5. Las solicitudes podrán ser presentadas de la siguiente forma:


a) Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes
formas de presentación de solicitudes:

• 
Utilizando

el

modelo

normalizado

de

solicitud

disponible

en

la

web

https://sede.gobex.es/SEDE/, o en el Portal Ciudadano junto con los modelos de
documentos que deben acompañarse, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la misma y se cumplimentarán utilizando dicha herramienta
informática y según las instrucciones establecidas.


• En las oficinas de registro del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, así como en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) 
En todo caso, las personas jurídicas estarán obligadas a presentar a través del
Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf) en los términos
del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


c) Las personas físicas y las personas jurídicas podrán identificarse y autenticarse electrónicamente en la sede electrónica corporativa mediante los sistemas de identificación y autenticación basados en certificado electrónico reconocido emitido por
cualquier entidad emisora admitidos, así como un sistema de firma electrónica reconocida basados en certificado admitido
Los interesados deberán disponer para la autentificación y para la firma electrónica de
certificado electrónico en vigor, y si no disponen de ellos pueden obtenerlos en la dirección electrónica http://www.cert.fnmt.es/

6. En el modelo de solicitud se incluye una declaración responsable del solicitante de no
estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas
en el artículo 12.2 y 3 de Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de las ayudas solicitadas y/o concedidas para
el mismo proyecto y cuantía que se solicita, o de no haberlas solicitado.