Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2021040198)
Decreto 150/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

64297

mediante recibo o certificado de pago de la misma emitido por el proveedor (en
original).


• En la documentación justificativa del pago, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe pagado y la factura a
que corresponde dicho pago.

Artículo 20. Publicidad de la subvención.
En todos los materiales de promoción, distribución y publicidad de los proyectos objeto de
ayuda, deberá constar en lugar destacado la colaboración de la Consejería competente en
materia de cultura de la Junta de Extremadura, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.
Asimismo, los perceptores de fondos de la Unión harán mención del origen de esta financiación y velarán por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la
Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”, en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados,
facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios,
incluidos los medios de comunicación y el público.
Artículo 21. Obligaciones de los beneficiarios.
Serán obligaciones de los beneficiarios de las ayudas:
1. R
 ealizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
2. Aceptación de la ayuda concedida (Anexo V). En este sentido, si en el plazo de los diez
días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de la subvención los beneficiarios
no manifiestan expresamente su renuncia, se entenderá que aceptan la misma, comprometiéndose a ejecutar el proyecto subvencionado en el plazo y condiciones establecidas.
3. Acreditar estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en el
caso de haberse opuesto o haber denegado la autorización para la oportuna comprobación
de oficio por parte del órgano gestor.
4. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debida­mente
auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplica­ble al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros especí­ficos sean
exigidos, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de facultades de comprobación y control.