Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2021040198)
Decreto 150/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64285
ma establecido en el párrafo anterior y únicamente con efectos informativos, el solicitante
recibirá un aviso en la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de la ayuda,
mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá
acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica, http//sede.
gobex.es, de la Junta de Extremadura.
3. E
xcepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
4. C
uando la notificación se realice por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación
aquélla que se hubiera producido en primer lugar, según lo previsto en el artículo 41.7 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. C
on independencia del medio utilizado, las notificaciones serán válidas siempre que permitan tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso por el
interesado o su representante, de sus fechas y horas, del contenido íntegro, y de la identidad fidedigna del remitente y destinatario de la misma. La acreditación de la notificación
efectuada se incorporará al expediente.
Artículo 11. Documentación.
1. La solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación sin perjuicio de
lo que dispone el artículo anterior:
• En caso de que el solicitante sea una persona jurídica:
– Copia digitalizada de la Escritura de constitución inscrita en el correspondiente registro así como acta fundacional y estatutos vigentes actualizados.
– Copia digitalizada de la escritura de apoderamiento inscrita en el correspondiente
registro, en el supuesto de que el representante legal no figure en la escritura pública
de constitución de la empresa.
– Copia digitalizada del Documento nacional de identidad del representante de la entidad que solicita la ayuda.
–C
opia digitalizada de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal de la entidad (NIF).
• Copia digitalizada del DNI del solicitante en caso de ser persona física (En el caso de
oposición de la consulta por la propia administración)
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64285
ma establecido en el párrafo anterior y únicamente con efectos informativos, el solicitante
recibirá un aviso en la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de la ayuda,
mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá
acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica, http//sede.
gobex.es, de la Junta de Extremadura.
3. E
xcepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
4. C
uando la notificación se realice por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación
aquélla que se hubiera producido en primer lugar, según lo previsto en el artículo 41.7 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. C
on independencia del medio utilizado, las notificaciones serán válidas siempre que permitan tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso por el
interesado o su representante, de sus fechas y horas, del contenido íntegro, y de la identidad fidedigna del remitente y destinatario de la misma. La acreditación de la notificación
efectuada se incorporará al expediente.
Artículo 11. Documentación.
1. La solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación sin perjuicio de
lo que dispone el artículo anterior:
• En caso de que el solicitante sea una persona jurídica:
– Copia digitalizada de la Escritura de constitución inscrita en el correspondiente registro así como acta fundacional y estatutos vigentes actualizados.
– Copia digitalizada de la escritura de apoderamiento inscrita en el correspondiente
registro, en el supuesto de que el representante legal no figure en la escritura pública
de constitución de la empresa.
– Copia digitalizada del Documento nacional de identidad del representante de la entidad que solicita la ayuda.
–C
opia digitalizada de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal de la entidad (NIF).
• Copia digitalizada del DNI del solicitante en caso de ser persona física (En el caso de
oposición de la consulta por la propia administración)