Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Subvenciones. (2021040165)
Decreto 132/2021, de 24 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios de comercio electrónico y TIC en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64222
euros, la empresa quedará sujeta a dicho límite máximo siempre y cuando el Estado
miembro de que se trate garantice, a través de medios adecuados como la separación
de actividades o la distinción de costes, que la parte de las ayudas que beneficia a la
actividad de transporte de mercancías por carretera no excede de 100.000 euros y que
ninguna ayuda de mínimis se utiliza para la adquisición de vehículos de transporte de
mercancías por carretera.
c) Las ayudas de mínimis se considerarán concedidas en el momento en que se reconozca
a la empresa el derecho legal a recibir la ayuda en virtud del régimen jurídico nacional
aplicable, con independencia de la fecha de pago de la ayuda de mínimis a la empresa.
d) Los límites máximos establecidos en el apartado a), se aplicarán cualquiera que sea la
forma de la ayuda de mínimis o el objetivo perseguido y con independencia de que la
ayuda concedida por el Estado miembro esté financiada total o parcialmente mediante
recursos de la Unión. El período de tres ejercicios fiscales se determinará tomando como
referencia los ejercicios fiscales utilizados por la empresa en el Estado miembro de que
se trate.
e) A los efectos de los límites máximos pertinentes establecidos en el apartado a), las
ayudas se expresarán como subvención en efectivo. Todas las cifras empleadas serán
brutas, es decir, antes de deducción de impuestos u otras cargas. Cuando la ayuda se
conceda en una forma que no sea una subvención, el importe de la ayuda será su equivalente de subvención bruta.
Las ayudas pagaderas en varios plazos se actualizarán a su valor en el momento en que
se concedan. El tipo de interés que habrá de emplearse a efectos de actualización será
el tipo de actualización aplicable en el momento de la concesión.
f) En caso de que se supere el límite máximo pertinente establecido en el apartado a)
por la concesión de nuevas ayudas de mínimis, ninguna de esas nuevas ayudas podrá
acogerse al Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de mínimis
g) En el caso de fusiones o adquisiciones de empresas, todas las ayudas de mínimis concedidas anteriormente a cualquiera de las empresas que se fusionen se tendrán en cuenta
para determinar si la concesión de una nueva ayuda de mínimis a la nueva empresa o a
la empresa adquiriente supera el límite máximo pertinente. Las ayudas de mínimis concedidas legalmente con anterioridad a la fusión o adquisición seguirán siendo legales.
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64222
euros, la empresa quedará sujeta a dicho límite máximo siempre y cuando el Estado
miembro de que se trate garantice, a través de medios adecuados como la separación
de actividades o la distinción de costes, que la parte de las ayudas que beneficia a la
actividad de transporte de mercancías por carretera no excede de 100.000 euros y que
ninguna ayuda de mínimis se utiliza para la adquisición de vehículos de transporte de
mercancías por carretera.
c) Las ayudas de mínimis se considerarán concedidas en el momento en que se reconozca
a la empresa el derecho legal a recibir la ayuda en virtud del régimen jurídico nacional
aplicable, con independencia de la fecha de pago de la ayuda de mínimis a la empresa.
d) Los límites máximos establecidos en el apartado a), se aplicarán cualquiera que sea la
forma de la ayuda de mínimis o el objetivo perseguido y con independencia de que la
ayuda concedida por el Estado miembro esté financiada total o parcialmente mediante
recursos de la Unión. El período de tres ejercicios fiscales se determinará tomando como
referencia los ejercicios fiscales utilizados por la empresa en el Estado miembro de que
se trate.
e) A los efectos de los límites máximos pertinentes establecidos en el apartado a), las
ayudas se expresarán como subvención en efectivo. Todas las cifras empleadas serán
brutas, es decir, antes de deducción de impuestos u otras cargas. Cuando la ayuda se
conceda en una forma que no sea una subvención, el importe de la ayuda será su equivalente de subvención bruta.
Las ayudas pagaderas en varios plazos se actualizarán a su valor en el momento en que
se concedan. El tipo de interés que habrá de emplearse a efectos de actualización será
el tipo de actualización aplicable en el momento de la concesión.
f) En caso de que se supere el límite máximo pertinente establecido en el apartado a)
por la concesión de nuevas ayudas de mínimis, ninguna de esas nuevas ayudas podrá
acogerse al Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de mínimis
g) En el caso de fusiones o adquisiciones de empresas, todas las ayudas de mínimis concedidas anteriormente a cualquiera de las empresas que se fusionen se tendrán en cuenta
para determinar si la concesión de una nueva ayuda de mínimis a la nueva empresa o a
la empresa adquiriente supera el límite máximo pertinente. Las ayudas de mínimis concedidas legalmente con anterioridad a la fusión o adquisición seguirán siendo legales.