Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064053)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la Asociación de Universidades Populares de Extremadura (AUPEX), por la que se instrumenta la concesión directa de una subvención destinada a financiar el Programa de Reducción de la Brecha Digital de Género en el Ámbito Rural enmarcado dentro de la inversión I3 "Mejora de las Capacidades Digitales para Personas Desempleadas para Impulsar el Emprendimiento y el Desarrollo Rural y Reducir la Brecha de Género incluida en el Componente 19" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España para el periodo 2021-2023.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021

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c. La relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
d. L
 a justificación en la elección de las ofertas presentadas en aplicación del artículo 36.3
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
e. Certificado emitido por AEAT de exención de IVA, en caso de incluir el IVA como gasto
subvencionable.
f. E
 n su caso, justificante de la devolución en el supuesto de remanentes no aplicados, así
como de los intereses derivados de los mismos.
g. L
 os contratos de los trabajadores que presten sus servicios para la actividad subvencionada, en los cuales se deberá hacer mención al objeto de la subvención, así como
nóminas RLC,RNT y modelos 111 y 190 de Hacienda.
h. En caso de arrendamiento de locales, con cargo a la subvención, la entidad deberá presentar los modelos fiscales de ingreso de las retenciones practicadas.
i. Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos
incorporados en la relación de gastos
j. La entidad deberá presentar semestralmente una declaración relativa a la cuantificación
de los objetivos alcanzados en el desarrollo del programa, de acuerdo con los previstos
en el Plan de actuaciones.
k. La entidad deberá aportar una relación de los trabajadores adscritos al programa, así
como el centro de trabajo donde prestan el servicio.
Novena. Gastos subvencionables.
1. S
 erán gastos subvencionables los recogidos en el presupuesto de gastos establecido en el
Plan de actuaciones, que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad
subvencionada, resulten estrictamente necesarios para la ejecución del proyecto, sean
efectivamente realizados entre el 1 de enero de 2022 y 31 de diciembre de 2023 y hayan
sido pagados como máximo hasta el fin del plazo de justificación previsto en el presente
Convenio.
2. No serán gastos subvencionables los siguientes:
a) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni
los impuestos personales sobre la renta.