Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021

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Las acciones de orientación referidas forman parte de un itinerario individual y personalizado de empleo (IPE) que deberán realizar todas las demandantes de empleo
siendo obligatorio realizar el número de horas que se indique desde la tutorización del
itinerario y en función de las estrategias de Políticas Activas de Empleo de la Junta de
Extremadura y las necesidades de los colectivos a atender.
El personal técnico responsable del itinerario personalizado de empleo deberá suscribir
un compromiso de confidencialidad en relación con los datos proporcionados por el
SEXPE y deberá estar identificado mediante su NIF o NIE en SISPE como tutor/a del
itinerario y, en su caso, como proveedor de los servicios asociados a dicho itinerario o
fuera de él.
Todas estas acciones serán coordinadas por el personal técnico de los centros de empleo que tengan adscritas funciones de orientación en su ámbito. Así mismo, la información deberá revertir al centro de empleo en la forma, plazo y modo que se determine
desde el SEXPE.
b) Acciones de adquisición de competencias genéricas y transversales:
Las convocatorias podrán subvencionar acciones de adquisición de competencias genéricas y transversales.
Las acciones de adquisición de competencias genéricas y transversales podrán llevarse
a cabo bien en actuaciones individuales, bien en actuaciones en grupos de un máximo
de 20 personas por acción, y se centrarán en la adquisición o mejora de las siguientes
competencias: Autoconfianza, comunicación, cumplimiento de tareas, razonamiento
matemático, interés por aprender, orientación al logro, gestión del tiempo, habilidades
sociales, creatividad e innovación, iniciativa y trabajo en equipo, solución de problemas,
flexibilidad, tolerancia a la frustración.
En el supuesto de que se incluyan estas acciones como subvencionables, podrán, dentro
de las mismas, subvencionarse actuaciones de incorporación al programa consistentes
en el contacto con las personas no demandantes de empleo susceptibles de participar
en el programa y el acompañamiento inicial previo al mismo.
c) Acciones de adquisición de competencias digitales:
Las convocatorias podrán subvencionar acciones de adquisición de competencias digitales por parte de las personas usuarias. La duración de estas acciones será de 30 horas
por cada grupo de personas que no podrá exceder de 20.